Aplicando la normativa, como dice Azorín, puede darse el caso de que un tribunal decida condenar y enviar a prisión a una persona que llevaba en un bolsillo poco más de cien gramos de esta droga, pero también que decida absolver a alguien a quien han registrado con algo menos de diez kilogramos de cannabis en su poder, como en este caso. El límite entre el consumo propio y el delito de tráfico o posesión, por lo tanto, no está claro, ya que —siempre que la sustancia incautada no supere los diez kilos— un juez puede inclinarse por una sentencia condenatoria o una absolutoria dependiendo de la parte de la planta que considere viable para ser pesada. «Lo que no puede ser es que alguien acabe en prisión porque se tengan en cuenta las hojas y el tallo de la planta en el pesaje, porque va contra la ley y la jurisprudencia dictada por el Tribunal Supremo», explica el abogado.
El TS, de esta forma, vino a afirmar en una sentencia emitida el 21 de mayo del 2020 que «por ‘cannabis', solo se deben entender las sumidades floridas», ya que el propio tribunal da a entender que el resto de las partes de la planta no son drogas como tal.
Sin embargo, el mismo organismo también considera la cantidad de más de 100 gramos como un indicio de tráfico de drogas. Esta jurisprudencia «está pensada más para la posesión en vía pública que para un cultivo de estupefacientes con ciclo de cosecha anual», según Azorín. Esto significa que las plantas solo dan fruto, el cogollo, una vez al año, algo que suele servir como indicio de que es un cultivo para consumo propio, algo en lo que el juez también se apoya en su sentencia.
«Se debe aplicar la lógica de la calle antes que una legislación anticuada y arcaica», insiste el letrado, «ya que se deberían tener en cuenta criterios mucho más específicos que la mera cantidad de droga intervenida para acusar a alguien de tráfico de drogas». El cambio de ley que prepara el Gobierno de España, según Azorín, «debería incluir esta medida».
André S. Zapata
Tres de los cinco detenidos en la redada que llevó a cabo la Policía Nacional en cuatro viviendas okupadas de Lugo este martes ya están en libertad. Al menos, por los procesos que les afectaban a raíz de esta operación. La primera, la única mujer que fue detenida, ya fue liberada en la tarde del propio martes, mientras cuatro hombres hicieron noche en la comisaría del Cuerpo Nacional de Policía de la Rúa Chantada.
De todos ellos, uno salió en libertad con cargos este miércoles, mientras que otro tuvo que quedarse en comisaría por otros delitos que todavía tiene pendientes de otros procesos, a pesar de habérsele concedido la libertad con respecto al procedimiento de la redada.
Seguir leyendo