La Xunta no tendrá que indemnizar al dueño de 23 fincas de Muras incluidas en la Red Natura 2000

Tania Taboada

LUGO CIUDAD

PALACIOS

El TSXG considera que este plan no supuso ninguna limitación específica y exclusiva para aprovechar las parcelas

14 feb 2019 . Actualizado a las 20:34 h.

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha desestimado el recurso interpuesto por el dueño de 23 parcelas ubicadas en el concello de Muras en el que reclamaba a la Consellería de Medio Ambiente una indemnización de 367.744 euros por los daños y perjuicios ocasionados por la inclusión de las fincas en la Red Natura 2000.

El Tribunal considera que el recurrente carece de derecho a ser indemnizado por la Xunta porque la entrada en vigor del Plan Director de la Red Natura 2000 «no supuso ninguna limitación específica y exclusiva para el aprovechamiento de las parcelas que no estuviera  contemplada en la legislación vigente con anterioridad».

Según la sentencia, no concurre una relación de causalidad entre el funcionamiento del servicio público y el daño que se afirma como causado, en la que «tampoco se demuestra la concurrencia del requisito de daño efectivo». 

Así, indica que los daños reclamados por el propietario de las parcelas se centran «en las pérdidas por afección a la explotación de ganado de monte, así como en las relativas a la merma del valor de los terrenos». Los magistrados, sin embargo, sostienen que «no se ha acreditado la realización, con anterioridad a la entrada en vigor del Decreto, de una efectiva explotación de ganado en los terrenos en los términos que se alegan previstos en el informe pericial que se aporta con la reclamación».