Decreto del Concello para comunicar a 3 muertos que les quitaron una multa

Xosé Carreira LUGO / LA VOZ

LUGO CIUDAD

El documento ofrece a los fallecidos dos meses de plazo para que, si quieren, pueden presentar recurso

17 sep 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

Parece que en el Concello de Lugo quieren ser tan supergarantistas con los administrados que incluso se ordena el envío las comunicaciones a los que están en el cielo. Hasta allí tendrá que ir no sabe quién a entregar tres notificaciones a otros tantos inquilinos del mundo celestial que, cuando estuvieron en el terrenal, cometieron infracciones con sus coches, los cacharon los Policías Locales y, ¡zas!, multa al canto. Y quien firma, digitalmente, la orden de que parta la notificación hacia e otro mundo es la alcaldesa.

Resulta que los servicios municipales intentaron comunicar tres multas a otras tantas personas. Lo hicieron a la dirección que afectos de notificaciones figuraba en la base de datos de la DGT en el momento de la denuncia. Los carteros fueron a los domicilios reseñados y no hallaron a los infractores. Habían muerto. Así lo comunicaron con una anotación de fallecido a quien remitía la receta.

Entonces, funcionarios municipales recurrieron, como sucede en otros casos, a la Subdirección General de Nacionalidad y Estado Civil de la Dirección General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia. En ese organismo de nombre kilométrico informaron de que los tres que buscaban habían fallecido.

La propietaria de uno de los vehículos murió en A Coruña en el año 2007 y los otros dos conductores, en Ponferrada (2012) y en A Coruña (2011). Esas comunicaciones cerraban la puerta definitivamente al expediente. Solo quedaba el archivo y así hicieron los funcionarios. Pero a partir de aquí vienen los decretos de conclusión y archivo de los expedientes y en los tres, en su apartado segundo, dice textualmente lo siguiente: «Notifíquese la presente resolución al interesado, con la advertencia de que es firme en vía administrativa y que contra ella podrá interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la notificación de esta resolución, ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Lugo o, a elección del interesado, ante el juzgado de dicha jurisdicción competente en el lugar donde tenga su residencia, de ser distinta a la de Lugo, conforme a lo dispuesto en los artículos 8 y 14.1 de la ley reguladora de dicha jurisdicción. Todo ello, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente en derecho».

Los «afectados» murieron entre los años 2007 y 2012, según consta en el registro