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El profesor que mató a su esposa enfermera no indemnizará a sus hijos

Xosé Carreira LUGO / LA VOZ

LUGO CIUDAD

Juan Carlos Pernas, conducido a la Audiencia para juicio el 26 de junio de 2013.
Juan Carlos Pernas, conducido a la Audiencia para juicio el 26 de junio de 2013. óscar cela

Tenía que abonar 310.000 euros a sus suegros y a los menores, pero es insolvente

17 abr 2016 . Actualizado a las 05:00 h.

El profesor lucense de Química que asesinó de cinco hachazos a su esposa, Montse Labrada, fue declarado insolvente. Juan Carlos Pernas, que cumple una condena de 21 años de cárcel, no tiene posibilidades de indemnizar a sus dos hijos ni tampoco a sus suegros.

La sentencia impuesta por la Audiencia Provincial de Lugo, en base al veredicto emitido por un jurado popular, establece una cuantía de 310.000 euros para la familia. Los hijos de este hombre están actualmente bajo custodia y cuidado de sus abuelos, que son los que garantizan su cuidado y educación.

El asesinato de la enfermera lucense Montse Labrada se produjo en la madrugada del 26 de agosto de 2010. Seis años después, ninguna de las personas a las que la justicia reconoció el derecho a recibir indemnización cobró nada del autor del hecho. El fallo fijaba en 125.000 euros la cuantía para cada menor y en 60.000, para los abuelos de estos, es decir, los suegros de Juan Carlos Pernas. Pero resulta que el profesor justificó que no tenía nada.

En su momento su esposa vivió, antes de contraer matrimonio, con el profesor en un piso parece que alquilado. Luego solicitó otro de protección oficial y se lo concedieron en la calle Carlos Azcárraga. Fue en este donde se estableció el matrimonio y donde ocurrió el macabro hecho.

Personas que conocen a Juan Carlos Pernas explicaron que este adquirió otro piso, parece que en compañía de un familiar, en la Ronda das Fontiñas. Después de los luctuosos hechos fue el pariente de Pernas el que se quedó con la vivienda pagando una parte a los hijos del condenado.

Según indicó ayer un jurista lucense, es frecuente que víctimas de diferentes delitos no perciban, por parte de los condenados, ninguna indemnización. Situó en menos de un 10% las personas que consiguen cobrar.

La declaración de insolvencia se efectúa en la llamada pieza de responsabilidad civil, mandada formar con las diligencias instruidas sobre fianza y embargo. Conlleva que, en ocasiones, el instructor llame a declarar a testigos para determinar si quien la solicita tiene bienes o no.

Quienes no pagan han de someterse, generalmente, a una ampliación de su condena; es decir aumentan sus días en la cárcel, en opinión del letrado. Y eso es lo que le puede suceder a Pernas.

Durante el juicio el fiscal quiso beneficiar al acusado explicándole al jurado que ya había resarcido, en parte, a sus hijos antes de la celebración de la vista; sin embargo, el tribunal, después de escuchar al abogado lucense José Soto, que defendió los intereses de la familia de la víctima, consideró que no era procedente. Los jurados también hicieron constar, como consecuencia del planteamiento del fiscal, que no poner impedimentos para que un piso quedase para los hijos no era suficiente.

Meses después de dictada la sentencia condenatoria, un abogado reclamó en nombre del acusado la anulación del juicio por entender que la condena no fue bien fundamentada; sin embargo ese planteamiento no fue tenido en cuenta y las altas instancias jurídicas mantuvieron los 22 años de condena.