O Chucán irá a la cárcel y no a un psiquiátrico por asesinar a una mujer
LUGO CIUDAD
El tribunal cree que no hay razones para que cumpla la pena de diez años ingresado en un centro de tratamiento
08 dic 2012 . Actualizado a las 11:39 h.José Carnero es culpable de asesinato y tendrá que cumplir una condena de diez años de prisión. Eso es lo que dice la sentencia dada a conocer por la Audiencia de Lugo ayer, siete días después de que el jurado decidiese por unanimidad considerar a O Chucán culpable de la muerte a golpes de Pilar Palacios, la mujer que en septiembre del 2007 fue hallada sin vida en la casa del municipio de Sober en la que residía el procesado. Carnero había sido absuelto por este caso el año pasado, pero aquel juicio fue anulado después de que el sospechoso admitiese en una entrevista en La Voz que en realidad sí que había sido él.
Una vez que se supo el veredicto, solo quedaban dos dudas. La más importante, la condena que impondría el tribunal. Y el abanico de opciones era amplio. La Fiscalía llegó al juicio con una propuesta de condena de trece años en caso de que Carnero fuese declarado culpable de homicidio, o de quince si el crimen era considerado un asesinato. Las otras acusaciones solo contemplaban el asesinato y elevaban sus solicitudes hasta los veinte años de prisión.
La presidenta de la Sección Segunda de la Audiencia de Lugo, la magistrada María Luisa Sandar, recuerda en la sentencia que el veredicto considera probado, y por unanimidad de los once integrantes del jurado, que en el momento de cometer el crimen Carnero «abordó a Pilar de forma sorpresiva, de tal modo que impidió su defensa». Esta descripción supone la aplicación de la agravante de alevosía, lo que automáticamente obliga a calificar lo ocurrido como un asesinato, y no como un simple homicidio.
Pero la condena se queda lejos de la máxima prevista para este delito. El fallo tiene en cuenta que el jurado también consideró (aunque en este caso por cinco votos a favor y cuatro en contra) que cuando José Carnero atacó a la víctima, «en atención a su personalidad, tenía alterada gravemente su percepción de la realidad».
«Alteración de la percepción»
La segunda cuestión importante a resolver en el fallo era si el condenado tendría que cumplir condena en la cárcel o ser internado en un centro psiquiátrico. Tras conocer el veredicto, la defensa se inclinó por la segunda opción y el fiscal no se opuso frontalmente. Sin embargo, la sentencia establece que no hay ninguna razón para poner a José Carnero bajo custodia médica. La «alteración de la percepción» que describen el psiquiatra y el forense que declararon en el juicio no tiene entidad suficiente para ello.