El Concello de A Pastoriza, condenado a indemnizar con más de 20.000 a la empresa adjudicataria del Servizo de Axuda no Fogar
A PASTORIZA
El gobierno local ordenó la suspensión parcial de su actividad durante tres meses por el Estado de Alarma, causando un prejuicio económico a la compañía
17 feb 2022 . Actualizado a las 18:24 h.El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Lugo condenó al Concello de A Pastoriza a indemnizar con 21.156 euros a la que en el 2020 era la empresa adjudicataria del contrato del Servizo de Axuda no Fogar (SAF). El ayuntamiento lucense le causó prejuicios a la compañía por la suspensión parcial de su actividad entre los meses de marzo y mayo del 2020, como consecuencia del Estado de Alarma.
Cuando se decretaron las primeras restricciones de la pandemia, la empresa solo pudo prestar sus servicios a 13 de los 97 usuarios, según recoge la resolución, pero abonó todas las nóminas del personal. Por tanto, esta suspensión de la actividad «afectou, e de modo extraordinario, á execución ordinaria do contrato, ao alterarse substancialmente o número de usuarios, un dos seus elementos esenciais».
Según señala la sentencia, debe aplicarse que el artículo 34.1 del Real Decreto Ley 8/2020, que determina que cuando la ejecución de un contrato pública queda en suspenso como consecuencia del Estado de Alarma, la entidad adjudicadora «deberá abonar ao contratista os danos e prexuízos efectivamente sufridos durante o período de suspensión, previa solicitude e acreditación fidedigna da súa realidade, efectividade e contía polo contratista». La jueza considera que el prejuicio económico ocasionado por el Concello a la empresa fue «real e efectivo», ya que la suspensión parcial de la actividad fue «irrefutable».