Entregan a las asociaciones del Arde Lucus las bases sobre el nuevo sistema de financiación
LUGO
Entre las novedades, como destacó el edil Jorge Bustos «con este novo convenio poderase cobrar o 90 por cento da contía anticipadamente, facilitando o traballo destes colectivos; increméntanse moito os conceptos de gastos xustificados e, incluso, establécese un 10 por cento da subvención, que non requirirá xustificación»
13 abr 2026 . Actualizado a las 21:39 h.El Concello de Lugo entregó este lunes a las asociaciones de recreación histórica que participan en el Arde Lucus las bases reguladoras de las subvenciones para financiar los gastos. Los colectivos pidieron, a través de una carta, claridad en las modificaciones del sistema de financiación que se venía empleando hasta ahora tras saltar la polémica debido a los cambios en la concesión de las ayudas. El concejal de Urbanismo, Deportes e Xuventude, Jorge Bustos, encargado de la organización, fue el encargado de entregar estas bases a las que deberán acogerse para financiar todos aquellos gastos derivados de la celebración del evento, así como aquellos otros que estén relacionados con la promoción de la fiesta fuera de la ciudad. La reunión entre Jorge Bustos y representantes de los colectivos tuvo lugar en la Casa da Xuventude del Concello de Lugo.
Este año, en el que tiene lugar el 25 aniversario de la cita, el Concello amplió a 180.000 euros la partida para las asociaciones de recreación histórica, lo que supone el 43 % del presupuesto municipal destinado a la fiesta. Entre las novedades, como destacó el edil Jorge Bustos «con este novo convenio poderase cobrar o 90 por cento da contía anticipadamente, facilitando o traballo destes colectivos; increméntanse moito os conceptos de gastos xustificados e, incluso, establécese un 10 por cento da subvención, que non requirirá xustificación». Se trata, señaló Bustos «dunha mellora substancial para o funcionamento destas asociacións, que era necesaria acometer para blindar estas axudas económicas e garantir a mellora da festa, cumprindo coa normativa vixente».
Las bases establecen todo lo relativo a gastos contemplados, legislación vigente, pagos anticipados, pagos que no requieren justificación, acreditación de la subvención o el plazo de realización del programa o proyecto, que debe llevarse a cabo entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de este año. La fecha límite para justificar la totalidad de la subvención será el 31 de enero de 2027.
«Cremos que as asociacións que participan no Arde van a beneficiarse deste sistema»
«Cremos que as asociacións que participan no Arde van a beneficiarse deste sistema, porque ampliamos contías, adiantamos o 90 por cento da subvencións e poderán xustificarse moitos conceptos relacionados coa festa, ao tempo que se establece un 10 por cento da subvencións para gastos de difícil xustificación. Cremos que é unha mellora moi importante para as asociacións de cara a un mellor funcionamento, aínda que estamos abertos ás achegas destes colectivos», dijo el edil.
Según las bases, la concesión puede concederse de forma directa con las subvenciones previstas nominativamente, en las que se considerarán gastos subvencionables los que respondan de manera indudable a la naturaleza de la fiestas y sean necesarios para su consecución. Entre otros, estarán aquellos destinados a la inversión asociada a la mejora y ampliación de los campamentos; de vestimenta y materiales necesarios para el desarrollo de actividades programadas; cursos de formación específicos relacionados con la recreación histórica; alquiler de locales; nóminas y seguridad social; gastos de publicidad; suministro; y de desplazamientos o alojamiento a otras fiestas.
Gastos de manutención e indirectos
Se establece que se podrá destinar hasta un 20 % del importe total de la subvención a sufragar gastos de manutención de cada socio que participe en las actividades de los campamentos y en los actos comunes de la fiesta, siempre según el precio establecido en la legislación vigente, excepto gastos de bebidas alcohólicas o cualquier otro producto perjudicial para la salud. No será necesaria la presentación de facturas, aunque será necesario la certificación del secretario de una lista de los socios que participan en los eventos.
También serán subvencionables gastos indirectos necesarios para el funcionamiento y mantenimiento de la asociación como luz, telefonía e internet, seguros, gestoría, mantenimiento web y dominio, cursos transversales, gasto por la expedición o renovación del certificado digital, gastos financieros, notariales, etc, admitiendo como gastos indirectos hasta un máximo del 20 % de la subvención total. El 10 % no necesitar justificación, ni la necesidad de presentar facturas.
Se establece un pago anticipado de hasta un 90 % del importe de la subvención, en concepto de entrega de fondos con carácter previo a la justificación, que se tramitará en al firma del convenio por ambas partes en el porcentaje que especifique la entidad beneficiaria dentro del límite del 90 % por parte de la entidad beneficiaria. Cuando el beneficiario no especifique porcentaje, esta será del 50 %.