El Supremo anula definitivamente la autorización del parque eólico de Oribio

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Los colectivos denunciantes pedirán la restauración de los terrenos
Los colectivos denunciantes pedirán la restauración de los terrenos CEDIDA

Ratificó que la declaración de impacto ambiental estaba «obsoleta y no era eficaz»

10 oct 2022 . Actualizado a las 18:35 h.

El Tribunal Supremo anuló de forma definitiva la autorización otorgada por la Xunta para la modificación del parque eólico de la Serra do Oribio porque la declaración de impacto ambiental sobre la que se sostiene no es válida. Este fallo sobre el parque de los municipios de Samos y Triacastela ratifica la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia de diciembre del 2020 y supone el «fin definitivo del proyecto», tal y como lo ven los colectivos que habían recurrido. 

La Xunta autorizó el parque en el año 2019 a la empresa Fergo Vento empleando una declaración del impacto ambiental concedida 14 años antes, en el 2005. Tal y como estableció ya el TSXG, ahora el Supremo decretó que esta declaración agregada al proyecto estaba obsoleta y, por tanto, no era eficaz. El documento no tenía en cuenta las sucesivas protecciones legales que se fueron otorgando a la zona.

El organismo autonómico y la compañía habían presentado un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Ahora los magistrados del alto tribunal inciden en la sentencia en que el documento ambiental fue emitido «con unas condiciones de los terrenos bien diferentes» a los del año 2018, cuando Fergo Vento solicitó la modificación del proyecto eólico. El parque se situaba en la Zona Especial de Conservación Os Ancares - O Courel y en la Rede Natural 2000. En estas áreas no están permitidos los parques eólicos, excepto los ya existentes conforme al Plan Director de la Rede Natura.

El Supremo incide en que le Xunta «no solo podía, sino que debía tomar en consideración» el contenido de la evaluación ambiental a la hora de dar luz verde administrativa a las intenciones de la empresa «porque no se trataba de unos mismos fines y ámbito de protección» que la realizada 14 años antes de la solicitud de modificación.

Los tres colectivos que denunciaron el proyecto solicitarán ahora que se restauren las zonas afectadas por las obras. Celebraron la decisión final del Tribunal Supremo porque la Serra do Oribio presenta una gran riqueza natural, cultural y etnográfica, de hecho también es Reserva da Biosfera. Además, cuenta con presencia del oso pardo. Desde el año 2017 se desarrolla en este monte el proyecto Life Oso Courel, con el objetivo de favorecer el asentamiento de estos animales.

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El TSXG emitió un auto que ordena la paralización provisional de varios permisos otorgados por la Xunta para construir un parque eólico en el monte Oribio, ubicado entre los municipios lucenses de Triacastela y Samos. El tribunal justifica la suspensión provisional porque entiende que la declaración de impacto ambiental de ese parque es del año 2005 y desde entonces cambiaron muchas circunstancias como que la Serra do Oribio tiene varias protecciones ambientales, por ejemplo Red Natura o ZEC, además de tener presencia el oso y el águila real. Por tanto, el tribunal entiende que será necesario hacer otra declaración de impacto ambiental y que, provisionalmente, no son válidos los acuerdos del consello de la Xunta del 27 de junio pasado ni las normas publicadas en el DOG el 14 de agosto.

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