La alcaldesa de Sarria valora demandar a quienes votaron su bajada de sueldo

Dolores Cela Castro
Dolores Cela LUGO / LA VOZ

LUGO

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El Contencioso le da la razón y obliga al Concello a pagarle lo dejado de percibir

06 oct 2018 . Actualizado a las 22:42 h.

La alcaldesa de Sarria, Pilar López, anunció ayer que valora la posibilidad de presentar una demanda contra los siete concejales del PP y los dos no adscritos para reclamarles daños y perjuicios por el acuerdo adoptado en el pleno del 28 de julio del 2016, mediante el que le rebajaron el salario. Esta decisión acaba de ser anulada por el Juzgado Contencioso número 1 en una sentencia que condena al Concello de Sarria a abonarle a la alcaldesa el dinero dejado de percibir, los intereses legales desde esa fecha y las costas procesales.

Pilar López calcula que podrían corresponderle solamente de atrasos 25.000 euros. La demanda valora presentarla una vez que sea firme el fallo del contencioso administrativo. Pilar López Yáñez volverá a cobrar a partir de ese momento 32.650 euros brutos al año en concepto de dedicación exclusiva

La alcaldesa aseguró ayer que «A Xustiza, finalmente fixo xustiza». «Despois de dous anos e medio -dijo- a xuíza recoñece nunha sentenza o que leva facendo a oposición dous anos e medio: a postura do non polo non». «Iso non é unicamente un castigo para o equipo de goberno, senón para todos os veciños de Sarria. Eles están enfadados, o dí a xuíza tamén, porque non conseguiron botarme coa moción de censura».

Motivos espurios

La decisión de rebajarle el sueldo fue adoptada con los votos a favor del grupo municipal del PP y de los ya entonces concejales no adscritos Antón Fortes y Benjamín Escontrela.

La sentencia recuerda que un pleno de julio del año 2015 fijó en 32.650 la retribución anual bruta de la alcaldesa por su dedicación exclusiva. Esta cantidad fue rebajada en otro pleno, el 28 de julio del 2016, mediante una moción, que no estaba incluida en el orden del día, firmada por nueve concejales, siete del PP y los dos no adscritos.

Los firmantes de la moción justificaban esta reducción en un ajuste de las retribuciones económicas de la alcaldesa, para adaptarlas a las que percibía el anterior gobierno municipal. En sus fundamentos de derecho la sentencia recoge que la reducción del salario de la alcaldesa «se debió a razones distintas del mero ejercicio de las potestades que le corresponden al pleno para retribuir adecuadamente a los representantes políticos, obedeciendo en realidad a motivos espurios».

Fue un castigo, no un ajuste

Hace alusión a que el plan que habían diseñado los dos concejales de CxG-CCTT, consistentes en una moción de censura para desbancar a la alcaldesa, se vio frustrado por su expulsión de esta formación y su pase a no adscritos.

Para la magistrada, «como la moción de censura no pudo salir adelante a causa de la expulsión de los ediles -expulsión que los promoventes del acuerdo califican de fraude de ley, señalando a la propia alcaldesa como un de las muñidoras de las expulsiones, según palabras textuales del señor Escontrela- lo que hicieron fue tomar represalias, castigando a la alcaldesa con una bajada de sueldo». «En realidad -puntualiza la sentencia - ese ajuste no ha sido sino un castigo».

Represalias por no poder echarla

El fallo resalta que «existen indicios probatorios más que contundentes para afirmar que la verdadera finalidad de la decisión impugnada fue la de tomar represalias contra la alcaldesa porque no pudieron echarla y además consideraron que ella contribuyó a esta posibilidad».

La magistrada justifica la declaración de nulidad en que los concejales, «a modo de contraataque, hicieron uso de las facultades que les confiere la ley utilizándolas como un instrumento de venganza para condenar lo que consideraron un fraude de ley y resarcirse de alguna forma de la frustrada tentativa de la moción de censura, apartándose, de este modo, del fin perseguido por la ley».