El Concello recurrirá la sentencia que impide subir un 40% el importe de la hora extra

La Voz LUGO / LA VOZ

LUGO

ALBERTO LÓPEZ

02 jun 2018 . Actualizado a las 18:02 h.

El gobierno local confirmó que recurrirá la sentencia del Juzgado de lo Contencioso que declaró nulo el acuerdo de la junta de gobierno por el que se incrementaba en un 40% el valor de la hora extraordinaria normal y en el 100%, la festiva para los funcionarios. La decisión invalidada suponía eliminar el tope de horas extra que pueden hacer los funcionarios a lo largo del año. Por su parte, el presidente de la junta de personal, Manuel Cerdeira, cree que este asunto debe ser aprobado por el pleno, porque lo único que censura el Contencioso es la competencia de la junta de gobierno para tomar dicha decisión.

El equipo que preside la alcaldesa Lara Méndez señala que el Concello recurrirá ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia porque está convencido de que la junta de gobierno es competente para decidir la revisión del valor de las horas extraordinarias y si tiene que haber un límite máximo.

Por su parte, el órgano de representación laboral de los funcionarios apunta una vía más rápida para solucionar este asunto que el recurso ante el TSXG: que el acuerdo lo adopte el pleno, pues, según interpretan la sentencia, es el órgano competente para ello. Hay que recordar que tanto la junta de personal como el sindicato CSIF se personaron en este pleito, al lado del Ayuntamiento.

Cerdeira, a título personal, se mostró molesto «porque un sindicato [el recurso lo presentó la CIG] vaya contra los intereses de los trabajadores». Cree que es de justicia que no exista la notable diferencia que hay en la actualidad entre lo que cobran por hora extra los funcionarios, por un lado, y el personal laboral, por otro.

La versión de la CIG

El sindicato CIG, que presentó el recurso que acaba de ser fallado a su favor, señala que el acuerdo de la junta de gobierno, ahora anulado, validó otro previo de la mesa negociadora del Concello. El sindicato explica: «A CIG non asinou ese acordo por entender que, na práctica, só serviría para converter en habitual o exceso de xornada e incrementar as retribucións de determinado persoal pola prestación de servizos extraordinarios, pero non para atallar as necesidades estruturais de persoal nos diferentes departamentos». Indica que presentó el recurso porque «as modificacións substanciais nas condicións de traballo do persoal son competencia exclusiva do pleno municipal». El sindicato espera que esta sentencia sirva de ejemplo.