Fracasa la segunda oportunidad del PP para anular la moción de censura en la Diputación

LUGO

ALBERTO LOPEZ

Una nueva sentencia impide la petición popular de que la moción fuese declarada nula

27 jun 2017 . Actualizado a las 18:48 h.

Una sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo número 1 de Lugo acaba de declarar inadmisible el recurso presentado por el PP para que se declarase nulo el acuerdo de la mesa de edad del pleno de la moción de censura del 8 de octubre del 2015 que permitió el acceso a la presidencia de Darío Campos y que desalojó a la popular Elena Candia.

Los populares habían presentado dos recursos, uno de ellos también fallado en su contra el pasado 24 de marzo. En este último recurso, desde las filas del grupo provincial del PP consideraban que el voto del diputado Manuel Martínez ?clave para que saliese adelante la moción de censura? había vulnerado el secreto de voto, ya que lo hizo visible ante las cámaras de prensa y la propia mesa del pleno, por lo que pedían que fuese declarado nulo. El juzgado en su momento desestimó el recurso, que acabó siendo sentencia firme porque nadie presentó un recurso, y ahora ha vuelto a hacer lo mismo sobre la segunda petición, en la que los populares afirmaban que la decisión de la mesa de edad de que la votación fuese secreta y no por llamamiento nominal debía ser anulada.

Esta segunda sentencia ?que es recurrible en un plazo de 15 días ante la Sala de lo Contencioso del TSXG? recuerda que la mesa de edad basó su decisión en el reglamento que aprobó el pleno el 28 de septiembre del 2010 y en el que participó el propio diputado del PP que presentó el recurso, José Manuel Yáñez Ginzo, y que votó a favor del cambio reglamentario que permitió que la votación de la moción de censura del 2015 se hiciese de manera secreta.