Varapalo del Supremo a la Audiencia por anular el caso de las multas de Tráfico, que deberá tener nueva sentencia

Xosé Carreira LUGO / LA VOZ

LUGO

Los acusados por el caso de las multas, durante en la Audiencia Provincial de Lugo.
Los acusados por el caso de las multas, durante en la Audiencia Provincial de Lugo. OSCAR CELA

El alto tribunal ordena que se deduzca testimonio contra la jueza Estela San José por su «empecinamiento» en el asunto

22 may 2015 . Actualizado a las 21:36 h.

Nuevo capítulo en el caso de la trama de retirada de multas de tráfico en Lugo. El Tribunal Supremo anuló la sentencia que absolvió a los 23 acusados (entre ellos un ex subdelegado del Gobierno, un alcalde y varios cargos políticos) y ordena al tribunal de la Audiencia Provincial de Lugo, que siguió durante varios días el juicio, que vuelva a reunirse para dictar una nueva sentencia. Los autores del fallo anulado optaron por la absolución sin valorar las pruebas, amparándose solo en que la jueza instructora, Estela San José, conculcó el derecho al juez predeterminado por la ley, al no enviar el caso, con el que se encontró en otra investigación, al juzgado decano para que hiciera el reparto entre los tres jueces de instrucción que hay en Lugo.

El Supremo, que dio la razón al fiscal, considera que no hubo violación constitucional alguna y, por lo tanto, son válidas las pruebas obtenidas y anuladas por los magistrados lucenses. La decisión del alto tribunal trae cola porque afecta de lleno a otra trama de presunta corrupción investigada por la misma jueza en el municipio de Castro de Rei. La operación Rei fue anulada como consecuencia del fallo de las multas al entender que la San José llevó a cabo el mismo proceder. En el caso de Castro fue detenido el exalcalde socialista y varios ediles. También podría afectar a otro asunto relacionado con multas en la Policía Local de Lugo.

La Audiencia de Lugo absolvió a los 23 imputados de los delitos de tráfico de influencias, prevaricación y falsedad documental, entre otras razones porque la instructora amplió una investigación inicial de tráfico de drogas al descubrir casualmente, en unas escuchas telefónicas, que en Tráfico de Lugo se anulaban multas teniendo enchufe. El tribunal de Lugo, en una decisión que en su momento generó una gran controversia, entendía que la instructora debió enviar el caso a reparto. Como no lo hizo, consideró nulas todas las pruebas de las escuchas y el registro en Tráfico.

No deberían haberse anulado. Y el Supremo es crítico con quienes optaron por absolver a los imputados. Dice que la sentencia carece de una descripción de hechos probados y una valoración de las pruebas practicadas. El ponente, en su fundamentación jurídica, se limitó a exponer las razones por las que entiende que la decisión de la jueza, al continuar la investigación conjunta en el mismo procedimiento de delitos que no guardaban conexidad procesal, era alegal.

El Supremo ilustra a los autores de la sentencia y les dice que «en las resoluciones judiciales han de constar los hechos que se estimen enlazados con las cuestiones que hayan de resolverse en el fallo» y dice que aunque son libres «para redactar los acontecimientos acreditados», no están eximidos de «esa tarea esencial», que es la de hacer referencia a los hechos probados.

«No se pretende que la sala refleje datos cuya probanza no ha alcanzado cotas de acreditación suficiente para convencerla de su realidad. Pero es preciso fijar, aunque sean mínimos, los hechos que han sido probados, salvo los casos excepcionales y poco frecuentes en que nada puede reputarse acreditado».

«Los efectos expansivos que el tribunal [de Lugo] otorga a la pretendida vulneración del derecho constitucional no se corresponden con la doctrina emanada del alto tribunal y de la sala segunda del Tribunal Supremo», advierte la sentencia que se conoció ayer.

La jueza Estela San José será investigada por «empecinarse» en no optar por el reparto

El Supremo, en la sentencia de las multas, adopta una decisión que no tiene muchos precedentes, al menos en los últimos tiempos. Ordena iniciar los trámites para investigar a la jueza Estela San José (que instruyó también uno de los grandes asuntos de presunta corrupción en Galicia: el caso Campeón) y lo hace por su «empecinamiento en no desglosar actuaciones desconexas, omitiendo su remisión al juzgado decano para su debido reparto». San José estuvo en Lugo unos diez años. Desde hace mes y medio se ocupa de un juzgado penal en Huelva.

El fiscal le solicitó en tres ocasiones el desglose de la investigación y remisión al juzgado decano para su reparto. Dos de esas solicitudes, de finales de mayo y junio del 2008, no fueron respondidas por la jueza. La Fiscalía le hizo una tercera petición en noviembre del 2011. Esta vez la atendió, pero se demoró hasta el 24 de enero del 2012. En esa fecha la jueza desglosó y creó un nuevo proceso que ella misma asumió sin enviarlo a reparto.

En la sentencia del Supremo, el magistrado gallego Luciano Varela, hace constar su voto particular en contra de la decisión de sus compañeros, pero a favor de que se le deduzca testimonio a la jueza para que se determine si pudo haber tenido una «eventual actuación delictiva». Recuerda que asumió la competencia y mantuvo su persistencia, pese a las reclamaciones del fiscal.

«A mi entender, el comportamiento de la jueza, cualquiera que fuera su rectitud interna, legitimaba la sospecha de que actuaba con parámetros alejados de los exigidos por la constitucional garantía de imparcialidad, a la que se oponen la ostentación de un interés en conocer de un asunto contra toda interpretación razonable y la sospechosa ausencia de respuesta alguna a la multiplicidad de advertencias de ilegalidad en su comportamiento. Y ello aún prescindiendo de la naturaleza del asunto, que era de una trascendencia mediática sin duda superior a la del hecho objeto del proceso en el que venía entendiendo. Bastaría a esos efectos tener presente las condiciones de relevancia que afectaban a algunos de los investigados», dice Luciano Varela.