El abuelo que abusó de una nieta, denunciado por hacer lo mismo a otra

Xosé Carreira LUG0 / LA VOZ

LUGO

ALBERTO LÓPEZ

El octogenario no podrá acercarse a la afectada por decisión judicial

19 jun 2014 . Actualizado a las 07:00 h.

El abuelo que hace una semana fue condenado por la Audiencia Provincial de Lugo a cinco años y un mes de cárcel por abusar de una de sus nietas volvió a ser denunciado por llevar a cabo presuntamente hechos similares con su hermana cuando esta tenía cinco años. La situación provocó que una de las juezas de Vilalba acordase el alejamiento de las víctimas con respecto al octogenario que reside en el municipio de Cospeito. La sentencia de la Audiencia Provincial, además de la pena de prisión, establecía que el hombre no podría acercarse ni comunicarse con su nieta mayor durante un tiempo de diez años.

Al percatarse de que a ella supuestamente le había ocurrido lo mismo que a su hermana mayor, la niña contó a su madre lo ocurrido. Esta puso los hechos en conocimiento de las autoridades competentes que cursaron la correspondiente denuncia que motivó una comparecencia de las partes en el juzgado vilalbés en la jornada del pasado martes. Tras la misma, la jueza acordó decretar el alejamiento del abuelo con respecto a sus nietos.

La pequeña dijo a su madre que su abuelo le había sucedido lo mismo que a su hermano. El octogenario presuntamente le metió la mano por debajo de la ropa y le hizo tocamientos.

En la comparecencia, el octogenario negó categóricamente los hechos, como ya había sucedido en su día en el juicio que tuvo lugar en la Audiencia Provincial con respecto a su hermana. El anciano expresó que durmió en la habitación con la niña, pero lo único que le hizo fue tocarle la espalda porque estaba cansada de ver la televisión. La situación se descubrió porque la víctima comenzó a tener pesadillas por las noches y su madre se alarmó. Finalmente consiguió saber lo que pasaba y formuló la correspondiente denuncia.

El tribunal dio plena veracidad al testimonio de la menor. «Su relato resulta verosímil y no es disparatado», apuntaba la sentencia. La condena se basó, además, en el informe y la declaración de la psicóloga que atendió a la pequeña. «La facultativa resultó inequívoca en el sentido de que el relato de la niña es cierto. La psicóloga alertó de que la víctima no quería que trascendiera lo que le ocurría. «Pretendía -dijo el tribunal- que el relato no lo conocieran terceros. Se generó en ella una situación de vergüenza con respecto de esa relación con su abuelo».

Con respecto a la nueva situación planteada, la jueza de Vilalba dice en un auto que si bien es cierto que el abuelo niega lo denunciado «no es menos cierto que no se pueda obviar la gravedad de los hechos que se denuncian y el contexto en el que se incardinan ya que el abuelo de los menores ha sido condenado por la Audiencia».

La menor fue revisada por una pediatra y también por una psicóloga, al igual que había sucedido con su hermana. La denuncia fue presentada ante el Emume de la comandancia de la Guardia Civil de Lugo.

El caso del abuelo de Cospeito también afecta al padre de la menor porque este fue denunciado debido porque su hija contó que no solo era el octogenario el que supuestamente le haría tocamientos sino que su progenitor hizo lo mismo. En este sentido en la denuncia consta que el hombre presuntamente sentó a su hija encima de sus genitales cuando los dos estaban en ropa interior. La menor dijo que en esa situación su padre la movía por encima de él.

Al igual que ocurrió con el abuelo, la jueza acordó el alejamiento de las menores con respecto de su padre. La medida afecta incluso a un hermano varón de las muchachas. La autora del auto advierte en el mismo que la medida se produce hasta que se emita un informe por parte de los responsables del punto de encuentro, en el que el denunciado se ve periódicamente con sus hijos, para conocer cuál es el comportamiento en las visitas.

La madre de la pequeña expresó en la denuncia presentada en su momento que la niña mostraba síntomas de tener miedo a su padre. La jueza dice que el denunciado negó los hechos, sin embargo es partidaria de adoptar medidas porque presume una situación objetiva de riesgo de los hijos de la denunciante que justifica la adopción de la orden de protección.

Dice la jueza que no permitir al abuelo y a su padre que puedan comunicarse con sus nietos e hijos implica una limitación del derecho a la libertad de los denunciados, «pero no es menos cierto que la misma ha de ceder ante el derecho a la integridad física y psíquica de la víctima».

La prohibición con respecto al abuelo dice que este no puede acudir al domicilio de sus nietos ni acercarse a menos de cien metros. Tampoco podrá comunicarse con ellos por ningún medio. Esta medida se prolongará mientras dure toda la instrucción de la causa.

La medida es similar para el padre, sin embargo tiene como vigencia, como queda expresado, hasta que el responsable del punto de encuentro emita un informe. De la medida adoptada por la jueza fue informada la Guardia Civil de Cospeito para que adopte las medidas oportunas. El fiscal que se ocupa del caso planteó la necesidad del alejamiento de las víctimas con respecto a ambos hombres.

Actualmente los menores no viven con su padre. Este tenía, hasta ahora, derecho a efectuar visitas periódicas en el punto de encuentro en los días acordados en su momento. Además, los menores acudían a casa de su abuelo, que a la vez lo es de su padre, algún día por semana en la época de vacaciones. Fue precisamente alguno de estos días cuando supuestamente ocurrieron los hechos denunciados.

La Audiencia Provincial de Lugo, en la sentencia condenatoria al abuelo, dice que este efectuó cinco o seis veces los abusos a su nieta.

El fiscal también reclamó que las víctimas fuesen alejadas de los denunciados