Monforte revisará siete ordenanzas para evitar que caduquen las multas

Luis Díaz
LUIS DÍAZ MONFORTE / LA VOZ

LEMOS

La ordenanza de fachadas es una de las que se revisarán para que no prescriban las sanciones
La ordenanza de fachadas es una de las que se revisarán para que no prescriban las sanciones ALBERTO LÓPEZ

Sanciones por ruidos o por la deficiente conservación de edificaciones prescriben ahora debido a que el plazo de tramitación es de solo tres meses

06 oct 2021 . Actualizado a las 05:00 h.

Hasta siete ordenanzas municipales van a ser revisadas en Monforte con un mismo propósito: ampliar los plazos disponibles para poder completar así los expedientes sancionadores. En la actualidad, el Ayuntamiento dispone de tres meses para completar los procedimientos administrativos por infracciones en materias tan sensibles como vertidos, ruidos, plantaciones irregulares o deficiencias en el cuidado de edificios y solares. Con ese margen, argumenta el equipo de gobierno, es habitual que los expedientes prescriban sin que la sanción llegue a hacerse efectiva. Cuando los cambios entren en vigor, los plazos de tramitación irán de seis a nueve meses.

La revisión anunciada afecta concretamente a las ordenanzas reguladoras de denominación y rotulación de vías públicas; vertidos y servicio municipal de saneamiento; protección contra la contaminación acústica; limpieza de terrenos, distancia de las plantaciones y gestión de la biomasa forestal; protección medioambiental; fachadas, elementos constructivos y solares; e instalación de terrazas y toldos en la vía pública.

En el último pleno municipal se aprobó por unanimidad abrir el período de consultas previo a la modificación de esas ordenanzas. La concejala de Facenda, Gloria Prada, explicó antes de la votación que el plazo de tres meses es insuficiente para resolver los expedientes sancionadores y que la modificación planteada resulta imprescindible para evitar que prescriban. Los cambios serán aprobados inicialmente en la próxima sesión y entrarán en vigor con carácter definitivo posteriormente, cuando se resuelvan las posibles alegaciones.

Desde hace seis años

El problema que pretende subsanar el equipo de gobierno surgió en el año 2015 con la entrada en vigor de la nueva Ley de Procedimiento para las administraciones públicas, que establece un máximo de tres meses para resolver los expedientes sancionadores en aquellas ordenanzas sin plazos definidos. En esa situación se encuentran los siete reglamentos ahora que van a ser modificados por el Ayuntamiento. Ninguno de ellos recoge, según el informe municipal, «un prazo máximo para ditar e notificar a resolución dos procedementos sancionadores iniciados ao seu amparo».

En algunas ordenanzas, como la que regula la rotulación de vías públicas, el volumen de expedientes puede resultar anecdótico. No sucede lo mismo, sin embargo, con los reglamentos sobre vertidos, ruidos, conservación de solares y fachadas, o distancias de plantaciones forestales. En estos casos, señalan fuentes municipales, la trascendencia de las sanciones es mucho mayor tanto cuantitativa como cualitativamente. Por lo que respecta a las edificaciones en mal estado, la prescripción de los expedientes puede propiciar que se eternicen situaciones que plantean riesgos para los viandantes.

La propuesta de modificación planteada por el equipo de gobierno establece «entre seis e nove meses» de plazo máximo para notificar y resolver los expedientes, que contarán «dende o día seguinte ao acordo de incoación do procedemento sancionador en cuestión ata a notificación da resolución que poña fin ao procedemento». En su mayoría, las ordenanzas que se van a revisar tienen quince o más años de antigüedad y desde su aprobación no sufrieron modificación alguna.

Tres pasos administrativos y dos períodos de consultas de quince días

La tramitación de los expedientes por infracciones exige un mínimo de tres pasos administrativos en todas las ordenanzas municipales que van a ser modificadas. El proceso comienza con la incoación del expediente, a la que sigue la propuesta de resolución y, en última instancia, el acuerdo sobre la imposición o no de la correspondiente sanción.

En el primer y el segundo paso, el acuerdo va acompañado además de la apertura de sendos plazos de alegaciones de quince días en cada caso. En esas condiciones, dice la concejala de Facenda, el plazo de tres meses «es prácticamente imposible llegar a completar un expediente».

Problemas de localización

Gloria Prada señala, por otra parte, que en muchas ocasiones es necesario formular una segunda notificación de la apertura del expediente por los problemas que surgen a la hora de localizar al destinatario.