Bruselas expedienta a Polonia por poner en duda la primacía del derecho de la UE

salvador arroyo BRUSELAS / E. LA VOZ

INTERNACIONAL

El primer ministro polaco, Mateusz Morawiecki
El primer ministro polaco, Mateusz Morawiecki Europa Press

Cuestiona la imparcialidad del Constitucional polaco por fallar en su contra

23 dic 2021 . Actualizado a las 08:28 h.

Bruselas sigue engordando la pila de expedientes que tiene encima de la mesa contra Polonia. Uno más para cerrar el año. La Comisión Europea ha anunciado este miércoles otro procedimiento de infracción contra el Gobierno de Mateusz Morawiecki por las sentencias del Tribunal Constitucional del país (de 14 de julio y 7 de octubre) que consideraban las disposiciones de los Tratados de la UE incompatibles con la Constitución polaca, cuestionando de forma expresa la primacía del derecho europeo.

La Comisión considera que estas sentencias «vulneran los principios generales de autonomía, primacía, eficacia y aplicación uniforme del Derecho de la Unión y el efecto vinculante de las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea». Haciendo hincapié, en particular, en el fallo del pasado verano en el que la más alta instancia judicial polaca negaba el carácter vinculante de las órdenes de medidas provisionales dictadas por el Tribunal de Justicia de la UE para garantizar «la revisión judicial efectiva por un tribunal independiente e imparcial establecido por ley».

En la que se conoció hace más de dos meses, recordaba este miércoles el Ejecutivo comunitario, los magistrados de esa sala directamente ignoraban sus obligaciones al considerar inconstitucional «y por lo tanto no tener efectos en el ordenamiento jurídico polaco» la interpretación del TJUE según la cual un tribunal nacional tendría capacidad para revisar la legalidad del procedimiento que se sigue para designar jueces y pronunciarse sobre cualquier irregularidad.

Control gubernamental

Y negro sobre blanco, Bruselas vuelve a insistir en otro de los problemas de raíz de su conflicto con Varsovia: el control que el Gobierno ejerce sobre el sistema judicial del país. «La Comisión tiene serias dudas sobre la independencia e imparcialidad del Tribunal Constitucional y considera que ya no cumple con los requisitos de un tribunal previamente establecido en la ley», se aseguraba con contundencia. Aunque no es nuevo. La Comisión lo tiene asumido desde 2017, cuando puso en marcha el procedimiento del artículo 7 (ese ‘botón nuclear’ nunca pulsado hasta el fondo que podría dejar sin derecho a voto al país).

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos también se ha movido en esa línea recientemente. En una sentencia emitida el 7 de mayo consideró que el proceso de nombramiento para el Tribunal Constitucional de tres jueces en 2015 supuso «una infracción de las normas fundamentales que forman parte integral del establecimiento y funcionamiento del sistema de revisión constitucional en Polonia». Una violación de la independencia judicial que también ofreció otros ejemplos para las instituciones europeas, como la elección del presidente y vicepresidente del mismo tribunal.

El procedimiento de infracción abierto este miércoles da dos meses al Gobierno polaco para presentar argumentación contraria por escrito. Y se apila sobre otros dos de la misma naturaleza administrativa que se tramitaron el 3 de abril de 2019 y el 29 de abril de 2020. En el primero se alegaba que el nuevo régimen disciplinario de los jueces socavaba su independencia y no da garantías para protegerlos del control político. El segundo criticaba varios actos legislativos y atribuciones excepcionales del Ministerio de Justicia.

Abrió el camino para que la Comisión llevase a Polonia al TJUE, exigiendo, entre otros asuntos, la eliminación de Sala Disciplinaria del Tribunal Supremo, que puede pronunciarse sobre el levantamiento de la inmunidad judicial, así como en materia de empleo, seguridad social y jubilación de los magistrados, además de otro tipo de disposiciones como las que impiden a los jueces aplicar directamente la legislación de la UE «que protege la independencia judicial y remitir al Tribunal de Justicia las decisiones preliminares sobre tales cuestiones». La alta corte de Luxemburgo ha dado sistemáticamente la razón a Bruselas.