La justicia europea avala que Alemania deniegue ayudas sociales a extranjeros comunitarios

Cristina Porteiro
Cristina Porteiro BRUSELAS / CORRESPONSAL

INTERNACIONAL

Berlín puede excluir a los europeos que no desarrollen una actividad económica y no dispongan de recursos suficientes

11 nov 2014 . Actualizado a las 23:19 h.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) respaldó ayer el derecho de Alemania a denegar la concesión de ayudas sociales a inmigrantes comunitarios. En una sentencia aplaudida desde algunas capitales e instituciones europeas, el alto tribunal establece que cualquier país de la UE tiene derecho a «impedir que los ciudadanos de la Unión que no ejerzan una actividad económica utilicen el sistema asistencial del Estado miembro de acogida para garantizar su subsistencia».

El fallo echa por tierra la intención de la demandante, una mujer de origen rumano residente en Alemania, de acceder al sistema de ayudas públicas del país después de que la Administración germana se lo denegase al considerar que ni había hecho esfuerzos por formarse ni por encontrar trabajo. El TJUE aclara en el fallo que la mujer no dispone de permiso de residencia, requisito para que se pueda «invocar el principio de no discriminación recogido en la directiva [europea] y en el reglamento sobre la coordinación de los sistemas de seguridad social».

Empleo o recursos

En base al veredicto, los ciudadanos comunitarios que aterricen en otro país europeo podrían verse obligados a encontrar un empleo en un período acotado de tiempo para obtener un permiso de residencia, salvoconducto de acceso a un seguro básico. Los ciudadanos como la demandante que no dispongan de un empleo o recursos para poder subsistir «sin ser una carga excesiva para el Estado», serán privados de su residencia y por tanto se les podrá denegar la asistencia. «La Comisión Europea ha subrayado constantemente que el libre movimiento de personas es un derecho a la libre circulación. No es un derecho al acceso libre a los sistemas de asistencia de los Estados miembro y el TJUE lo ha confirmado», aseguró ayer la portavoz del Ejecutivo, Mina Andreeva.

La legislación europea permite en este caso a Alemania denegar cualquier tipo de ayuda social a un ciudadano comunitario desplazado durante los primeros tres meses de estancia, ya que se considera que el individuo puede estar ejerciendo su derecho a la libre circulación. A partir del cuarto mes de estancia, debe disponer de un trabajo o demostrar que dispone de fondos para subsistir si quiere obtener un permiso de residencia que le de acceso al sistema de prestaciones sociales. Así cualquier español desempleado allí en busca de trabajo se le podrá privar de ayudas si no dispone de un permiso de residencia.

Desde la crisis económica las capitales europeas han reforzado sus leyes para tratar de acotar al máximo el denominado «turismo social» o «inmigración de la pobreza». «Con la sentencia queda establecido que los ciudadanos comunitarios deben, en principio, poder ganarse su subsistencia», anunció en un comunicado el ministro de Trabajo alemán, Andrea Nahles.

Pero Berlín no es la única capital en la que se celebra el veredicto. Londres es la que más interés está mostrando en excluir a los inmigrantes del acceso a las ayudas sociales. «Es de sentido común», aseguró David Cameron.