Ordenan expulsar de España al hombre que atacó a la actriz gallega Sara Casasnovas

EFE

GENTE

JuanJo Martin | EFE

Arndt Meyer, que saldrá de la cárcel a finales de mayo, no podrá volver a entrar en el país en los próximos cinco años

19 may 2017 . Actualizado a las 22:08 h.

La Delegación del Gobierno en Madrid ha ordenado expulsar de España y no permitirle la entrada durante cinco años al hombre que intentó matar en el 2009 a la actriz Sara Casasnovas disparándole con una ballesta, que permanece en prisión por estos hechos pero está previsto que salga de a finales de este mes.

En una resolución firmada por la delegada Concepción Dancausa a la que ha tenido acceso Efe, la institución atiende la petición de la Policía sobre Arndt Meyer, alemán de 47 años que fue condenado en el 2010 a ocho años de cárcel por disparar a la actriz el 7 de junio del 2009 cuando salía del teatro Reina Victoria de la capital.

La sentencia, que prohibía al condenado acercarse a la actriz a menos de 500 metros durante nueve años, le condenó por un delito de homicidio en grado de tentativa y otro de tenencia ilícita de armas, con el atenuante de trastorno de personalidad.

La Delegación atiende el proceso sancionador de expulsión propuesto por la Brigada Provincial de Extranjería cuando faltan pocos días para que el condenado salga de la cárcel.

La Policía recuerda que, además de la citada condena, Meyer cuenta con antecedentes policiales por homicidio doloso y su modo de vida es «la práctica de las actividades delictivas (...) y los recursos económicos que las mismas generan».

Solicita su expulsión de España por cinco años «como responsable de la realización de una conducta contraria al orden público y la seguridad ciudadana que constituye una amenaza real, actual y suficientemente grave que afecta a la convivencia social».

La Delegación del Gobierno acuerda decretar su expulsión de España y la prohibición de que vuelva a entrar en el país durante cinco años. Esta resolución agota la vía administrativa y contra ella se puede recurrir por vía contencioso-administrativa.