Le negaron la custodia compartida por su horario laboral, pero la Audiencia de Ourense se la concede

Marta Vázquez Fernández
MARTA VÁZQUEZ OURENSE / LA VOZ

GALICIA

Momento de una vista en la Audiencia Provincial de Ourense, en una imagen de archivo.
Momento de una vista en la Audiencia Provincial de Ourense, en una imagen de archivo. M. FERNÁNDEZ

El tribunal provincial considera que no poder llevar a sus hijos al colegio es una situación común, y que la madre también necesita ayuda de terceras personas

11 sep 2026 . Actualizado a las 11:00 h.

«La posibilidad de llevar a los hijos al colegio es un lujo que no todos los progenitores (ni aun cuando se mantiene una relación de pareja) se pueden permitir». Con este argumento desmontan los magistrados de la Audiencia Provincial de Ourense el razonamiento de una sentencia anterior, dictada por el Tribunal de Instancia de Ribadavia, en la que se denegó la custodia compartida a un padre. Se alegaba que el hombre no podría hacerse cargo de los dos hijos menores que tiene con su exmujer debido a sus circunstancias laborales y, en concreto, al horario al que debe someterse, que comienza a las seis de la mañana y termina a las dos de la tarde, pero el recurso presentado por el afectado ha prosperado. El alto tribunal provincial revoca el fallo anterior y acuerda que ambos padres compartan la crianza de los menores, considerando que se trata de la situación que más los beneficia, ya que tienen una buena relación con él y este dispone, además, de apoyo familiar.

Después de tres años separados, un tiempo durante el cual los dos hijos menores vivieron con la madre, el padre inició medidas legales para obtener la custodia compartida y poder pasar más tiempo con ellos, pero no lo logró en el primer intento. Ni la jueza ni el fiscal consideraron entonces que se daban los «parámetros necesarios» para el establecimiento de ese régimen, alegando la resolución que el padre y la madre residen en dos municipios distintos y que, además, el horario laboral del progenitor le impedía ocuparse debidamente de los niños. Se acordó, por tanto, que los menores seguirían viviendo con su madre, fijando un régimen de visitas para el padre. Él quedaba obligado a abonar una pensión de 300 euros mensuales por cada hijo destinados a su manutención.

Pero él no se conformó con esa decisión y la apeló ante la Audiencia Provincial, que le ha dado la razón. «Ante una crisis que conlleve el cese de la convivencia, lo que se rompe es la pareja y no las relaciones de los hijos con cada uno de sus progenitores», advierte el tribunal en su resolución, haciendo pedagogía al recordar que todo lo que pase tras la ruptura de una pareja debe afectar lo menos posible a «la necesidad de los hijos de estar y relacionarse con cada uno de los progenitores y las familias extensas».

Con ese argumento, echan por tierra la primera sentencia. «No podemos compartir esos criterios», advierten en relación al asunto del horario laboral. Coinciden en que el padre no puede llevar a sus hijos al colegio a diario, pero recuerdan que esta situación es muy común en las familias y, de hecho, la madre tampoco está todas las mañanas en casa por su trabajo. «También precisa ella el auxilio de terceras personas, como la mayoría de los padres trabajadores de este país», observan los togados.

Y dado que no existe constancia alguna de que haya conflictos entre los adultos, ya que desde la ruptura se han puesto de acuerdo en lo relativo al cuidado de sus hijos, apuestan por que los hermanos crezcan acompañados de su padre y de su madre, aunque sea por turnos.

El tribunal valoró la adaptación de los menores en los dos entornos

Antes de decantarse por establecer en este caso la custodia compartida, una modalidad al alza, los magistrados analizaron la evolución de los menores tras la separación. Y todas las pruebas aportadas apuntaban a que las relaciones con su padre, y la familia de este, eran buenas. «No se ha probado ningún motivo razonable para entender que los niños no puedan compartir sus tiempos de estancia», aseguran, recordando que están adaptados a nivel escolar y social en ambos entornos y que tanto el padre como la madre asumen sus obligaciones como tales. Además cree que la corta edad de los niños les ayudará a acomodarse «con mayor rapidez» a la nueva situación.