La emigración rechaza la discriminación que aseguran causa la suspensión del derecho al voto a residentes en el exterior
GALICIA
El Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior expresa su «profunda preocupación y firme rechazo» al fallo del Supremo que suspende la condición de elector a los nacionalizados por la ley de nietos
09 sep 2026 . Actualizado a las 13:51 h.La representación institucional y legal de los emigrantes españoles en el extranjero considera que se ha abierto una grave distinción entre tipos de electores a cuenta del fallo del Tribunal Supremo que ha suspendido el derecho al voto para los descendientes de españoles residentes en el extranjero que hayan adquirido la nacionalidad a través de la Ley de Memoria Democratica y la extensión de la condición de españoles de sus antepasados.
El Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior (CGCEE) ha manifestado este miércoles su «profunda preocupación y firme rechazo» ante el auto del Supremo que afecta a la inscripción en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) para aquellos a los que se les ha reconocido el derecho a obtener la nacionalidad con la ventana excepcional abierta con la que se rebautizó como ley de nietos.
El organismo de representación de la diáspora advierte que dicha medida vulnera directamente el ejercicio de la participación política y priva del derecho fundamental al sufragio, que recuerdan está reconocido por la Constitución. Añade el CGCEE que la nacionalidad española le ha sido ya reconocida a 570.000 solicitantes y otros dos millones esperan respuesta a una petición amparada por la ley aprobada sin recurso alguno en 2022.
La emigración alerta de la discriminación que introduce el fallo judicial entre los propios españoles según su origen o procedimiento de adquisición del pasaporte. El Consejo General es tajante al señalar que «no deben establecerse diferencias en el ejercicio de los derechos políticos de la ciudadanía española en función de la vía por la que se haya adquirido la nacionalidad», recordando que toda nacionalidad española debe llevar aparejado de forma inexcusable el pleno disfrute de los derechos amparados por el ordenamiento jurídico.
Para los representantes de la emigración española se ha generado un agravio que exige se resuelva con la máxima urgencia, a la vez que traslada su preocupación a las instituciones públicas con el fin de garantizar que se restablezca de inmediato la plena igualdad en los derechos políticos de todos los españoles.
El Centro de Descendientes Españoles Unidos (Ce.DEU), plataforma que apoyó y demandó especialmente desde Argentina la vía extraordinaria para la nacionalización de familiares de exiliados y emigrados, también ha expresado su preocupación ante la medida cautelar del Supremo, a la vez que denuncia el colapso operativo que ya sufren los consulados antes de tener que asumir ahora la certificación de los solicitantes que vinculados a la marcha de España de sus antepasados por razones de persecución. Según dicha organización, las solicitudes totales superan los dos millones, pero apenas 300.000 han sido resueltas con alta en matrícula consular, estimándose que al ritmo actual el último expediente tardaría hasta diez años en procesarse.
Ce.DEU subraya que la concesión de la nacionalidad no otorga el sufragio de forma automática, ya que exige estar matriculado previamente y realizar un trámite personal basado en el arraigo, recordando que «el voto en España no posee carácter obligatorio, por lo que pretender tutelar o restringir de forma anticipada la dirección de este derecho fundamental constituiría un agravio que faltaría a la propia madurez e inteligencia de los votantes». Asimismo, defiende el rigor del proceso y la legalidad de la norma frente a las controversias públicas, apelando a que impere la sensatez jurídica para garantizar un derecho que debe consolidar el Estado de derecho.