El Constitucional levanta la suspensión de las leyes autonómicas sobre los eólicos y dependencia recurridas por el Gobierno central
GALICIA
El tribunal dictará sentencia en los próximos meses sobre los artículos que obligan a repotenciar los parques eólicos y que homologan los grados de dependencia y discapacidad
24 feb 2026 . Actualizado a las 20:19 h.El pleno del Tribunal Constitucional acordó por unanimidad no mantener la suspensión, acordada el 27 de enero, de ocho apartados de los artículos 30 y 45 de la ley de medidas fiscales y administrativas de Galicia del 2024, la de acompañamiento de los presupuestos, contra los que el Gobierno central presentó un recurso de inconstitucionalidad.
Las normas objeto de controversia regulan la instalación y repotenciación de parques eólicos, impulsada por la Xunta para retirar miles de aerogeneradores de los montes sin perder potencia eléctrica, y la homologación del grado de discapacidad al de dependencia, que reduce los trámites que afrontan miles de dependientes para acceder a prestaciones sociales y deducciones fiscales.
La decisión del tribunal de garantías, cuyo ponente fue el magistrado José María Macías Castaño, permitirá aplicar los artículos recurridos hasta que se dicte la sentencia definitiva. Ocurrirá dentro de varios meses, cuando concluya el proceso en el que las dos Administraciones podrán defender sus argumentos.
En un comunicado, el Constitucional recordó que el levantamiento de la suspensión había sido solicitado por la Xunta y el Parlamento de Galicia, que entienden «que no concurría la apariencia de un derecho en la pretensión del Estado ni se irrogaban perjuicios irreparables en el interés público o de particulares». Por contra, el abogado del Estado defendió que se mantuviese la medida cautelar al apreciar «un bloqueo a sus competencias en la materia» y «perjuicios de difícil o imposible reparación al interés público».
El tribunal que preside Cándido Conde-Pumpido añade que la decisión parte de la «presunción de constitucionalidad» de la ley autonómica, y descarta la «apariencia de buen derecho» en la pretensión del Ejecutivo de mantener la suspensión. Es decir, que no es evidente que tenga razón. Sin embargo, el comunicado subraya que no se entra en el «fondo del recurso», por lo que no prefigura la sentencia final.
El auto analiza uno a uno los preceptos recurridos y rechaza que la aplicación de las normas pueda producir de inmediato perjuicios irreparables.
Concluye que la habilitación de «zonas idóneas para instalaciones de infraestructuras eólicas» en el plan sectorial tiene solo «hipotéticos» perjuicios para el Estado, ya que esas áreas requieren la aprobación previa de planes de ordenación.
Considera también que la suspensión del plazo para obtener la autorización de explotación de un parque en caso de litigio tiene carácter preventivo y afecta solo a los demandantes, por lo que «tampoco incurriría un perjuicio actual y grave al interés público».
El tribunal considera que la repotenciación de parques, mediante la renovación de aerogeneradores de más de 25 años de antigüedad, es más beneficiosa para el medioambiente que mantener paralizada la medida.
Los otros apartados recurridos dependen de otros programas y normas, por lo que los perjuicios resultan «futuros condicionales y accidentales», en cuanto a que podrían ser resarcidos.
El apartado 5 del artículo 45, también recurrido, homologa los baremos de la discapacidad y de la dependencia de forma automática, lo que supone reconocer una discapacidad del 33 % a los dependientes de grado 1; del 66 % a los de grado 2 y del 100 % a los de grado 3. El auto, sin entrar en la cuestión de fondo, concluye que «la falta de acreditación de la litigiosidad por el Estado y la remisión a las instrucciones de la Consellería de Política Social, evidenciarían que los perjuicios para interés público no resultan ciertos, ni actuales ni efectivos».
Miles de afectados, pendientes
La homologación permitió que 12.626 personas dependientes obtuvieran el reconocimiento de la discapacidad durante el 2025. Además la lista de espera se redujo a la mitad, de casi 2.692 personas a 1.464, en la segunda mitad del año, por lo que la suspensión, ya levantada, causó «honda preocupación» en el sector.
Las medidas sobre parques eólicos facilitarán la retirada de unos 2.000 molinos en próximos años y darán a las empresas facilidades de tramitación a cambio de que vendan al menos el 50 % de la energía a menor coste a industrias locales y vecinos.
La Xunta habla de «duro varapalo á estratexia do Goberno en contra de Galicia»
El conselleiro de Presidencia, Diego Calvo, calificó de «duro varapalo á estratexia do Goberno en contra de Galicia» el auto del Constitucional. Recordó que, de mantenerse la suspensión como pretendía el Ejecutivo, los dependientes perderían «moito mais tempo» para tramitar la homologación y se paralizaría la repotenciación, y con ella la retirada, de molinos. Calvo recordó que ahora hay que esperar la sentencia del tribunal y esperó que atienda a los argumentos de la Xunta.