El tiempo mínimo para enterrar a un muerto en Galicia se reduce a la mitad: de 24 a 12 horas

Manuel Varela Fariña
m.varela SANTIAGO / LA VOZ

GALICIA

MIGUEL SOUTO

La Xunta modifica el decreto sobre sanidad mortuoria para autorizar los ritos musulmán y judío en la comunidad

31 ago 2023 . Actualizado a las 21:59 h.

Los entierros en Galicia podrán realizarse a partir de las doce primeras horas de que una persona haya fallecido, y no en un mínimo de 24, como estaba vigente hasta ahora. El Consello de la Xunta dio esta mañana luz verde a sustituir el decreto del 2014 sobre la normativa de la sanidad mortuoria en la comunidad, cumpliendo con la proposición no de ley del aprobada en el Parlamento en abril del 2017.

Además de la reducción de horas para las inhumaciones, se autorizan los ritos musulmán y judío de enterramiento sin féretro, lo que hasta ahora obligaba a celebrarlos fuera de la comunidad. «Sempre coas garantías sanitarias necesarias, pero non será obrigatorio a utilización de cadaleitos», dijo el presidente Alfonso Rueda sobre la posibilidad de llevar a cabo un procedimiento hasta ahora vetado en Galicia. 

El resto de novedades incluyen la regularización de cementerios preexistentes a los que le faltaba algún trámite y se especifican normas para los crematorios, como su distancia a un radio de al menos 200 metros de núcleos residenciales. En ese espacio no podrá haber viviendas, residencias para la tercera edad, centros sanitarios y educativos, parques infantiles o instalaciones deportivas, priorizándose su instalación en polígonos industriales.

Según explica la Xunta, la normativa pasa a reducir el control administrativo preexistente, optando por «unha intervención máis limitada, centrada naqueles aspectos exclusivamente sanitarios» derivados de la actividad funeraria, «ao tempo que mantén plenas garantías no referido á protección da saúde pública». El texto también recoge el reconocimiento competencial expreso a las administraciones locales como proveedoras de los servicios públicos primarios a la población, entre los que se incluyen los cementerios y las actividades funerarias, e incorpora gran parte del contenido incluido en la Guía de consenso de sanidad mortuoria, aprobada por la Comisión de Salud Pública estatal.