El nuevo decreto también reducirá a 12 horas el plazo mínimo para poder sepultar a una persona y regulará la ubicación de los crematorios
19 may 2023 . Actualizado a las 17:45 h.Las comunidades judías y musulmana tendrán pronto más facilidades para enterrar a sus allegados en Galicia de acuerdo con los ritos de su religión. El consello de la Xunta ha aprobado hoy viernes un decreto de sanidad mortuoria que actualizará el texto vigente desde el 2014 y agilizará los trámites de los sepelios de esas creencias, además de introducir otras mejoras.
El presidente, Alfonso Rueda, explicó que hasta ahora los miembros de las comunidades judía y musulmana debían en muchos casos trasladar el cuerpo de sus allegados a otras comunidades o al extranjero para que se les autorizase la realización del sepelio de acuerdo con las normas propias de esas creencias. Una de las principales medidas es la posibilidad de eximir del uso del féretro cuando así se demande por cuestiones confesionalidad y con conformidad de la entidad titular del cementerio, una reforma de la que la Xunta ya ha informado a ambas comunidadess.
La decisión de la Xunta facilitará el arraigo de los miembros de ambos credos, especialmente de la más numerosa comunidad musulmana, que suma más de 18.000 personas y tiene una importante presencia desde hace años en las principales ciudades y en localidades como Xinzo, Arteixo o Ribeira.
La reclamación de facilitar los entierros de las religiones minoritarias lleva años vigente en toda España, a pesar de que la Ley Orgánica de Libertad Religiosa de 1980 incluye el derecho de los ciudadanos a recibir una sepultura sin discriminación por motivos religiosos. Rueda destacó que ese derecho estará ahora atendida en Galicia «con todas as garantías dende o punto de vista sanitario e legal».
El decreto del Gobierno gallego, que ahora será remitido al Consello Consultivo de Galicia para su revisión, incluye otras novedades, entre las que Rueda destacó la reducción a 12 horas del plazo mínimo para enterrar a una persona, siempre que disponga de la correspondiente licencia de enterramiento. También aclara y simplifica la normalización legal de los cementerios preexistentes, «algúns con moita antiguidade que non tiñas a súa completa regulación legal pola falta dalgún trámite». Además, el decreto establece que los crematorios deberán estar preferentemente ubicados en suelo industrial y situados a una distancia mínima de 200 metros de zonas residenciales, hospitales, colegios o parques. Finalmente, la normativa también establece la necesidad de crear y regular un censo de empresas y establecimientos funerarios.