Los centros de salud tendrán una unidad de farmacia por cada 25.000 habitantes

Mónica Pérez Vilar
mónica p. vilar REDACCIÓN / LA VOZ

GALICIA

Martina Miser

El Sergas prepara la norma para crearlas, junto con los depósitos de medicamentos de los ambulatorios

29 oct 2022 . Actualizado a las 05:00 h.

Todos los centros de salud y puntos de atención continuada (PAC) de Galicia deberán tener un depósito de medicamentos y productos sanitarios, pero no todos tendrán una unidad de farmacia. La Xunta prevé crear una botica por cada 25.000 habitantes, y ubicarla preferentemente en el centro de atención primaria que atienda a más población dentro de esa zona de influencia. Eso es lo que se contempla en el proyecto de decreto que regula la puesta en marcha de estas unidades y depósitos, que empezó a tramitarse este mes y para el que está abierto el plazo de sugerencias hasta el 17 de noviembre.

Ese decreto regulará los requisitos para la creación y funcionamiento de las unidades de farmacia, algo que exigía la ley de ordenación farmacéutica de Galicia aprobada en el 2019. Una norma que también fijaba la necesidad de constituir depósitos de medicamentos en los centros de salud y PAC para su uso interno.

El texto, de momento provisional, establece que la creación de esas unidades farmacéuticas se hará en función tanto de los servicios de atención primaria como de la población a atender en una determinada área, teniendo en cuenta los centros sociosanitarios (por ejemplo, residencias de mayores) que se supervisen. Aquí entra la proposición de esa ratio de 25.000 habitantes.

¿Cuáles serán las funciones de estos departamentos? En general, garantizarán la atención farmacéutica necesaria y el uso racional de los medicamentos en atención primaria. Para ello, además de ser las responsables de los distintos depósitos de material sanitario, también resolverán consultas sobre medicamentos y productos sanitarios y darán información y formación al resto del personal de los centros. Además, revisarán la medicación en coordinación con el resto del equipo sanitario y con los propios pacientes, pudiendo hacer propuestas de adecuación a los médicos o enfermeros. También prestarán atención farmacéutica a pacientes crónicos y frágiles a través de la plataforma de teleasistencia domiciliaria, revisarán la medicación de los pacientes residentes en centros sociosanitarios, harán un seguimiento de la farmacoterapia de pacientes, pudiendo incluso pedir analíticas, y participarán en la selección de medicamentos para uso interno en los centros de salud y PAC, entre otras funciones.

Cada unidad de farmacia estará supervisada por un farmacéutico de atención primaria. Tendrá un coordinador, pero también podrá contar con farmacéuticos adicionales y otro personal técnico o auxiliar, según el volumen de actividad.

Y es que aunque esa unidad se instale en un determinado centro de salud, coordinará también los depósitos de medicamentos del resto de centros de su área de influencia, y podrá tener vinculado mas de un servicio de atención primaria, preferentemente que sean colindantes geográficamente. Todos los servicios tendrán que quedar adscritos a alguna unidad de farmacia.

La norma en elaboración también regula los depósitos de medicamentos y productos sanitarios que precisan usar las unidades de atención primaria. Habrá uno en cada centro y serán responsables de la correcta conservación y dispensación de esas medicinas, además de garantizar que haya siempre suficientes existencias. También será su función asesorar al personal sanitario del centro en materia de medicamentos.