¿Los rectores podrán seguir siéndolo durante un máximo de ocho años?
No, en lugar de un máximo de dos mandatos de cuatro años, el rector tendrá un mandato de seis años, improrrogable y no renovable. La gobernanza se distribuirá en cuatro estructuras básicas: claustro, consejo de gobierno, consejo de estudiantes y consejo social. En el primero habrá al menos un 25 % de participación del estudiantado y un 51 % del personal docente e investigador. El texto deja en manos de los estatutos de las universidades el procedimiento para la elección, aunque será por sufragio universal ponderado, y los requisitos de los candidatos. Solo se recoge que debe ser funcionario doctor, pero las universidades concertarán los requisitos.