La obligación de que el Gobierno esté en funciones y de que todos los conselleiros cesen tras la renuncia de Feijoo es consecuencia del artículo 29 de la ley 1/1983, que regula la actividad de la Xunta y de su presidente, y también del artículo 17 de la ley orgánica 1/1981, de Estatuto de Autonomía para Galicia, que afirman: «La Xunta cesa tras la celebración de elecciones al Parlamento gallego: en los casos de pérdida de la confianza parlamentaria, dimisión y fallecimiento de su presidente»; «el cese del presidente de la Xunta comporta el de todos los miembros de la misma», y «la Xunta cesante continuará en funciones hasta la toma de posesión de la nueva Xunta».

La ley de transparencia y buen gobierno ordena además tomar una serie de medidas al Ejecutivo en funciones con el fin de que sus sucesores conozcan la situación de la Administración autonómica. La principal es que todas las consellerías deben elaborar informes de gestión relativos a ellas mismas y a las entidades autonómicas que dependen de ellas. La redacción de esos documentos está regulada, y deben figurar en ellos todos los compromisos económicos, los contratos vigentes y las obligaciones pendientes de pago, entre otros datos. No preparar esos informes puede suponer la imposición de sanciones a los responsables de las consellerías.