El Supremo ratifica que la carrera profesional del Sergas debe ampliarse a todo el personal que cumpla los criterios

Elisa Álvarez González
E. Álvarez SANTIAGO

GALICIA

Sandra Alonso

El alto tribunal da la razón a CC. OO., al considerar que todos los trabajadores tienen derecho a esta retribución, sean temporales o fijos

19 abr 2022 . Actualizado a las 19:37 h.

El Tribunal Supremo ha dado la razón al sindicato Comisiones Obreras al considerar que todo el personal del Sergas que cumpla los criterios, sea cual sea su vínculo contractual, tiene derecho a percibir los grados de la carrera profesional, que suponen un incentivo económico. El acuerdo de la carrera profesional se firmó en julio del año 2018 y dejaba fuera al personal temporal. Por este motivo CC.OO. no rubricó este pacto e inició la vía jurídica. Javier González, secretario xeral de Sanidade en Comisiones, recuerda que ya en ese momento se advirtió a la Consellería de que había sentencias en otras comunidades que prohibían discriminar al personal en el acceso a la carrera profesional.

En el 2019 el TSXG dio la razón al sindicato, pero la Xunta recurrió en casación al Supremo. Ahora el alto tribunal vuelve a fallar a favor de Comisiones. La sentencia deja sin efecto tres puntos de la carrera profesional. En primer lugar anula el grado inicial, ya que no suponía ninguna mejora económica. En segundo anula la restricción de participación exclusiva del personal fijo en el régimen transitorio y excepcional, por lo que podrá solicitarse por parte de cualquier trabajador que cumpla el requisito de tiempo trabajado. Finalmente anula la condición de ser fijo antes del 31 de diciembre del 2011 para participar en la convocatoria del 2020.

CC. OO. ha solicitado al Sergas que ejecute la sentencia y la aplique de forma retroactiva desde el 1 de enero del 2019. Según esta organización sindical el fallo podría beneficiar a casi veinte mil trabajadores.