Condenado por robar la recaudación de las teles de hospitales de Pontevedra

Alfredo López Penide
López Penide PONTEVEDRA / LA VOZ

GALICIA

CAPOTILLO

A lo largo de cuatro años, el técnico se apropió de 49.428 euros

18 dic 2021 . Actualizado a las 05:00 h.

Fue despedido en su día de la empresa que ofrece asistencia técnica a los hospitales de Pontevedra, y ahora acaba de ser condenado por esos hechos que motivaron la rescisión de su contrato. ¿Cuál fue ese motivo? Apropiarse, a lo largo de cuatro años, de la recaudación de los televisores instalados en distintas habitaciones de estos centros sanitarios, los que usan y pagan los pacientes. Tras un acuerdo de conformidad con la Fiscalía de Pontevedra, el acusado asume una pena dos años de prisión como autor de un delito de apropiación indebida. Asimismo, pagará, a modo de indemnización, los 49.428 euros de los que se apropió en esos años.

La Audiencia de Pontevedra acordó, asimismo, suspender durante tres años la ejecución de la pena de prisión, si bien impone dos condiciones para que el acusado no tenga que pisar la cárcel. Por un lado, que no delinca durante este período de tiempo, «quedando revocada la suspensión si fuese condenado por un delito y ello ponga de manifiesto que la expectativa en la que se fundaba la decisión de suspensión adoptada ya no puede ser mantenida».

De igual modo, se condiciona esta medida a que abone la responsabilidad civil, para lo cual se ha establecido que pague trescientos euros mensuales, «dado que cobra actualmente una nómina de mil euros y paga una pensión de alimentos de 350». En este sentido, los magistrados advierten «expresamente» al pontevedrés que el impago de dos de estas cuotas mensuales «supondrá el incumplimiento de la condición impuesta y generará la revocación de la suspensión de la ejecución de la pena y se acordará su cumplimiento».

Además, la sentencia, que es firme —por lo que no cabe recurso alguno contra ella—, ya establece que, en el supuesto de que el encausado mejore su «fortuna deberá incrementar la cuota mensual en proporción a sus ingresos».

Hechos acreditados

Desde el año 2014 este hombre ejercía de técnico de la empresa que gestionaba el acceso y uso de las televisiones en las habitaciones de los hospitales de la ciudad de Pontevedra, «incluyendo la emisión de tiques a través de máquinas expendedoras instaladas en aquellos, así como la gestión de cobros», según se expone en el acuerdo. El encausado era la persona encargada «de recoger la recaudación de dichas máquinas para cuyo fin disponía de la llave de seguridad correspondiente». La resolución judicial añade que, «con el propósito de obtener un beneficio económico, se apoderó desde el año 2015 al año 2019 de 49.428,55 euros, que hizo suyos, sin reintegrarlos a la empresa, que procedió a su despido», algo que sucedió hace algo más de dos años.

Desde la Audiencia de Pontevedra confirmaron este acuerdo siguiendo varios puntos: que la pena pactada entre las partes no es superior a seis años de prisión y que los hechos con los que se relaciona a esta persona «son constitutivos de delito», y después de seguir lo establecido por la Ley de Enjuiciamiento Criminal con respecto a haber escuchado al acusado «acerca de si su conformidad ha sido prestada libremente y con conocimiento de sus consecuencias».

Por su parte, el representante de la Fiscalía Provincial, según consta en la misma sentencia, accedió a que se suspendiera su ingreso en un centro penitenciario en base a que el imputado carece de antecedentes penales.