Además, en el proceso de división de patrimonios, se pagarán también los derivados de este procedimiento siempre y cuando el juzgado les dé tratamiento de procesos principales diferenciados y se abonarán las ejecuciones civiles en las que haya oposición, incluso cuando se presenten antes de los dos años desde la resolución principal.
Gracias a este nuevo convenio los abogados gallegos del turno de oficio pasarán a cobrar por conceptos que antes no estaban retribuidos, como la asistencia letrada al detenido en la intervención del letrado aunque no implique la prestación de declaración y, en la orden de protección, se equipara la cuantía que percibe el abogado de la víctima con la de la defensa del agresor, que antes percibía un importe menor.