Una sentencia del TSXG reconoce el «fraude» en que incurre la Xunta con los interinos de larga duración

GALICIA

Funcionarios saliendo de las instalaciones de la Xunta en San Caetano
Funcionarios saliendo de las instalaciones de la Xunta en San Caetano XOÁN A. SOLER

Considera que su contrato se transforma en indefinido cuando se incumple la obligación de convocar las plazas vacantes

08 jun 2021 . Actualizado a las 20:21 h.

El Tribunal Superior de Xustiza (TSXG) ha reconocido a través de una sentencia la situación de «fraude» en que incurre la Xunta con los interinos de largo duración, siempre y cuando incumpla la obligación de convocar la plaza vacante, y entiende que estos trabajadores contratados en su día para cubrir temporalmente un puesto, mantienen con la administración una relación laboral «de carácter indefinido» desde la fecha de su contrato.

La resolución de la Sala de lo Social del TSXG se produce al hilo de un trabajador contratado en el año 2001 como legoeiro o peón caminero por la entonces Consellería de Política Territorial de la Xunta, bajo la modalidad de interinidad por vacante, hasta que no se produjera la cobertura definitiva del puesto mediante el correspondiente proceso selectivo. El citado trabajador fue traspasado en el 2012 a la Axencia Galega de Infraestruturas, entidad instrumental adscrita ahora mismo a la Consellería de Infraestruturas e Mobilidade, con efectos económicos y administrativos desde ese mismo año 2012, si bien el alto tribunal gallego reconoce el «carácter indefinido de la relación laboral» desde la fecha de contrato en el 2001, y con los derechos inherentes.

La sentencia del TSXG tiene en cuenta la jurisprudencia que emana del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que en diversos fallos ha venido aplicando las reglas de limitación del encadenamiento de contratos temporales para evitar abusos y obliga a las administraciones públicas a transformar en fijos, o equiparables a fijos, a los interinos que han encadenado durante años contratos temporales cubriendo puestos de trabajo estructurales.

Así que, al hilo de esta resolución concreta que atañe a la Axencia Galega de Infraestruturas, el Tribunal Superior entiende que la situación de los interinos de larga duración «ha de ser considerada como fraudulenta», toda vez que el empleado público nombrado sobre la base de una relación de servicio de duración determinada, acabó ocupando «varios nombramientos» y desempeñando las mismas funciones durante un período «injustificadamente largo», incumpliendo la Xunta su obligación legal de organizar un proceso selectivo para proveer definitivamente la plaza vacante.

Tienen en cuenta los magistrados del TSXG que, a raíz de la crisis financiera iniciada en el 2008, las diferentes normas encaminadas a contener el gasto público mantuvieron paralizadas las convocatorias de empleo público. Pero esta fue una medida que duró solo un tiempo, así que entiende que el plazo de veinte años de interinidad del legoeiro de la Xunta es «a todas luces, excesivo» y se trata en realidad de un trabajador que se ha convertido su contrato en «indefinido no fijo».