El Estado identifica 120 bienes para evitar que los Franco vacíen Meirás

José Manuel Pan
José Manuel Pan REDACCIÓN / LA VOZ

GALICIA

El juzgado suspende el permiso de un mes dado a la familia para la mudanza hasta que se decida qué muebles deben quedarse en el pazo

12 may 2021 . Actualizado a las 11:05 h.

El Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña suspendió este martes el permiso de un mes que le había concedido a la familia Franco para hacer la mudanza del pazo de Meirás. Lo hace después del recurso de reposición y del incidente judicial presentados por la Abogacía del Estado el pasado viernes en los que pide que sea el propio juzgado el que determine qué bienes son los que podrán llevarse los nietos de Francisco Franco y cuáles deben quedarse en el pazo por ser parte inseparable del inmueble o por haber sido incorporados con vocación de permanencia. La Abogacía del Estado solicita además que una comisión judicial controle la mudanza, y plantea su petición con carácter de previo pronunciamiento, lo que implicaría que los bienes no puedan ser retirados antes de que haya una decisión del juzgado.

El permiso a los Franco queda aplazado hasta que el juzgado, al mando de una jueza sustituta desde que se marchó Marta Canales, resuelva sobre los escritos que también presentaron la Xunta, la Diputación de A Coruña y los concellos de Sada y A Coruña. Contra esta suspensión, dictada por la letrada de la Administración de Justicia, cabe la presentación de un recurso.

En su escrito ante el juzgado, la Abogacía del Estado relaciona una serie de bienes que deben considerarse como partes integrantes del pazo, por lo que deberían pasar a ser patrimonio del Estado y no podrían ser retirados por los Franco. Identifica en ese documento más de 120 bienes del interior y del exterior del pazo y recuerda que el auto de la Audiencia de A Coruña que anuló las medidas cautelares sobre los bienes, recordaba la posibilidad de pedir la presencia de una comisión judicial durante la mudanza e incluso la de promover un incidente de ejecución para determinar qué elementos deben considerarse inseparables, que es lo que ha hecho ahora.

El Estado recuerda que la doctrina considera bienes inmuebles por incorporación los que están fijados al edificio e inmuebles por destino los que no están adheridos, pero sirven al edificio. Y esa calificación, la Abogacía la da por hecha respecto a las edificaciones que hay en el recinto, como por ejemplo, la casa de los guardeses. Pero además enumera otros bienes del exterior como hórreos, balaustradas, escaleras de piedra, fuentes y estanques de piedra, la portada de la capilla, los cruceiros, conjuntos de bancos y mesas de piedra, pináculos pétreos, maceteros, pilas bautismales, monolitos de piedra, esculturas que representan a Santiago, a San Pablo, a San Francisco, a San Cristóbal y a San Andrés. También identifica blasones, labras heráldicas, vírgenes talladas en piedra, la réplica el parteluz de la catedral de Santiago y los escudos de armas y del ducado de Franco.

En el interior de la capilla, la Abogacía del Estado destaca los retablos, tanto el central como los laterales, el altar sarcófago apoyado sobre tres formas de seres fabulosos, la pila de agua bendita, la imagen de una virgen entronizada con niño, las sillas de canónigo con relieve de Santa Bárbara, la placa de piedra con relieve de San Jerónimo, un confesionario de madera, las lápidas instaladas en el pavimento, la figura de un cristo de bulto redondo y los angelotes de bronce, entre otros objetos.

Ya dentro del pazo se identifican los equipamientos sanitarios de los cuartos de baño, la lámpara de cuatro piezas de la escalera, la vidriera de la claraboya, apliques de pared, esculturas, una chimenea con capiteles decorados, otra con friso con motivos vegetales, la habitación de servicio, los muebles de las librerías, tapices con escudo, alfombrillas de escalera, lavabos de pie con decoración floral hecha a mano y diversas figuras de vírgenes.

El Estado no incluye en la relación los bienes declarados BIC por la Xunta, como las estatuas del maestro Mateo y los libros de la biblioteca de Emilia Pardo Bazán, ni otros muebles sobre los que hace reserva de las acciones que puedan corresponderle a Patrimonio Nacional y sobre los que podría garantizarse la investigación y la recuperación de ese mobiliario.

La nueva jueza requiere al Gobierno que justifique la necesidad de las obras en el pazo

Además de la suspensión del plazo dado a los Franco para la mudanza, el Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña dictó ayer otra resolución en la que atiende una petición de los Franco y requiere al Estado para que en el plazo de un mes entregue la información y la documentación de que disponga en la que se justifique la necesidad de las obras que se están haciendo en el pazo de Meirás. En su primera decisión al mando del caso tras la marcha de Marta Canales a la Audiencia Provincial de A Coruña, la jueza Milagritos Evangelina Belso reclama la memoria de la Delegación de Hacienda de A Coruña en la que se justificaba la declaración de emergencia de las obras que fue aprobada por el propio Consejo de Ministros.