El Supremo da la razón a la Xunta y obliga al Estado a pagar los 204 millones del IVA pendiente

Juan María Capeáns Garrido
Juan Capeáns SANTIAGO

GALICIA

Feijoo y Montero durante un acto en el año 2019
Feijoo y Montero durante un acto en el año 2019 MARCOS MIGUEZ

Feijoo se felicita por la resolución y sostiene que es un aviso al Gobierno de que «non pode facer o que lle peta» con el dinero de las comunidades

10 may 2021 . Actualizado a las 20:08 h.

El Tribunal Supremo también ha estimado el recurso de la Xunta interpuesto contra el Estado por la decisión unilateral de no abonar una parte de la recaudación del IVA de diciembre del 2017, una cantidad que en el caso de Galicia suponen 204 millones de euros, según la Consellería de Facenda, que ha confirmado el sentido de la sentencia.

A finales de abril ya se produjo el primer pronunciamiento a favor de Castilla y León, y es probable que en las próximas semanas se vayan conociendo nuevas resoluciones, aunque el Gobierno de España ya ha adelantado que buscará una solución conjunta para el pago de 2.500 millones de euros que quedaron en un limbo tras un cambio en el sistema de contabilidad impulsado por el anterior ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro.

El presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijoo, se felicitó por una respuesta judicial «esperada, pero non por iso deixa de ser unha excelente noticia». El líder autonómico, que se encuentra este lunes en Oporto, cree que se demuestra que «tiñamos razón» al reivindicar ante el Gobierno esa transferencia, que «lamentablemente» hubo que llevar a los tribunales por la negativa de Hacienda a buscar una solución negociada.

Feijoo confía en que el Ejecutivo de Sánchez «aprenda que non se pode facer o que a un lle peta, nin se pode utilizar o diñeiro das comunidades autónomas para financiar decisións do Goberno central». La recuperación de esos 204 millones -se trata de una estimación que Hacienda debe de confirmar- «é bo» para la economía gallega en un momento de bajada radical de la recaudación fiscal. 

La Xunta incluyó esa partida en los presupuestos del 2019, después de que la ministra María Jesús Montero diese su palabra al propio Feijoo de que encontraría una fórmula para el pago. Meses después, el Gobierno vinculó este abono a la aprobación de los primeros presupuestos que intentaron sacar adelante en solitario los socialistas. Al decaer la legislatura el compromiso se volatilizó y las comunidades comenzaron a recurrir a la vía judicial. Galicia formalizó su recurso en agosto del 2020, agotando los plazos para encontrar una solución dialogada. 

¿Cuánto habrá que pagar finalmente? La ejecución del fallo lo determinará

La sentencia del Supremo «estima en parte» el recurso presentado por la Xunta, y tal como ocurrió con la Junta de Castilla y León, le da toda la razón jurídica en la base de la reclamación sin especificar cuál es la cantidad que debe abonarse. «No puede aceptarse la concreta cuantía compensatoria que propugna la parte actora (204.464.638,74 euros) al no haber quedado debidamente acreditado que sea precisamente ese el importe que le debe ser abonado». La compensación, pues, deberá fijarse en ejecución de sentencia, y la cifra final vendrá determinada por la diferencia entre el resultado de la liquidación practicada en su día por la Administración del Estado —por once meses del 2017— y la que habría resultado teniendo en cuenta las doce mensualidades, incluyendo la correspondiente al mes de noviembre, a la que deberán añadirse los correspondientes intereses legales computados desde el momento de la presentación del requerimiento hasta que se haga efectivo el pago.

La sentencia, sin entrar en cifras concretas, califica como una «anomalía» que se altere el acuerdo para abonar once mensualidades en vez de doce, lo que trajo consigo «una alteración en las reglas del sistema de financiación autonómico establecido legalmente, produciendo un desequilibrio que es necesario corregir, al haberse producido un quebranto para la comunidad autónoma demandante y un enriquecimiento indebido para la Administración del Estado».