El Tribunal de Justicia de la UE arbitrará la pugna por los 855 millones del seguro del Prestige

pablo gonzález / josé manuel pan REDACCIÓN / LA VOZ

GALICIA

El Prestige se hundió el 19 de noviembre del 2002
El Prestige se hundió el 19 de noviembre del 2002

España logra desatascar el conflicto de jurisdicciones con el Reino Unido, después del «brexit»

09 nov 2021 . Actualizado a las 21:25 h.

España guardaba un as bajo la manga. Después de varios sinsabores en la Justicia británica para ejecutar la sentencia del Tribunal Supremo sobre el Prestige y lograr ingresar los 855 millones de euros del seguro, los representantes legales del Reino de España, coordinados por la Abogacía del Estado, han conseguido un avance en la Corte Suprema de Inglaterra y Gales.

Este tribunal ha planteado ante el de la Unión Europea una cuestión prejudicial sobre el conflicto de jurisdicciones que subyace a la demanda, para que la aseguradora, el London P&I Club, pague los 1.000 millones de dólares a los que fue condenada como responsable civil directa. En otras palabras, España ha logrado, después incluso de que se culminara el brexit, que el máximo órgano judicial comunitario actúe como árbitro en una situación donde todo apuntaba a que la jurisdicción británica iba a ser más receptiva con los intereses de la mutua marítima, que en los últimos ocho años había intentado blindarse en los tribunales contra una ejecución de la sentencia que ya veían venir.

La Abogacía del Estado ha informado a la Sección Primera de la Audiencia Provincial de A Coruña, encargada de la ejecución de la sentencia, del nuevo escenario judicial que se abre con esta decisión y que permite disipar el pesimismo procesal respecto a la posibilidad de que los daños de la marea negra tengan una justa reparación, casi 19 años después del accidente del petrolero.

En el escrito se explica que el procedimiento para ejecutar la sentencia en la jurisdicción británica se inició en marzo del 2019 -antes por tanto del brexit- bajo el amparo del reglamento de cooperación judicial comunitario, que continuaría estando vigente pese a la reciente salida del Reino Unido de la UE. En ese contexto, explican, el London P&I Club, la mutua que suscribió la póliza, se opone a que se ejecute la sentencia «sobre la base de una supuesta inconciliabilidad de resoluciones» y una «supuesta vulneración de derechos humanos en el desarrollo del proceso penal en España», en referencia al tratamiento penal que recibió el capitán del Prestige, Apostolos Mangouras, entre otros factores dirigidos a deslegitimar el proceso.

No puede haber revisión

Ante esta estrategia, los representantes legales del Reino de España -el prestigioso bufete Squire Patton Boggs- alegaron que el tribunal inglés «no puede extenderse en revisar el contenido de la decisión judicial española, porque ello supone una intromisión inadmisible en el ejercicio de la función jurisdiccional por parte de los tribunales españoles y, por extensión, en la soberanía del Reino de España, y siembra la más absoluta desconfianza en el modo de proceder de los tribunales ingleses», explica la Abogacía del Estado en el escrito remitido a la Audiencia coruñesa.

El tribunal británico, en atención a estas alegaciones de España, decidió plantear esta cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la UE. En la web del órgano judicial comunitario figura que el caso fue registrado el pasado 22 de diciembre, pero no ha avanzado desde entonces. Apenas se explica que la normativa internacional aplicable es la Convención de Nueva York de 1958, que regula la ejecución de las sentencias nacionales en jurisdicciones extranjeras.

La abogada general del Estado, la gallega Consuelo Castro Rey, explicó en una entrevista reciente para La Voz que su principal objetivo era que los tribunales británicos plantearan esta cuestión prejudicial. «Hay una serie de pronunciamientos previos de los tribunales británicos -explicó- que entendemos que son contrarios al derecho de ejecución de sentencias de un país en otro país de la UE. Y eso solo lo puede decidir el Tribunal de Justicia europeo».

En el escrito de la Abogacía del Estado también se explica que la aseguradora del Prestige reaccionó «con nuevas demandas» contra el Reino de España. Por un lado, una reclamación por daños y perjuicios por el supuesto incumplimiento de un laudo arbitral y una sentencia británica que buscaban evitar la ejecución de la sentencia española. Y, por otro, un procedimiento para nombrar un árbitro. Ambas fueron recurridas.