El exalcalde de Ourense Manuel Cabezas consigue la recusación del tribunal que lo iba a juzgar por prevaricación

La Voz OURENSE / LA VOZ

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Manuel Cabezas, exalcalde de Ourense, a las puertas del juzgado en una foto de archivo
Manuel Cabezas, exalcalde de Ourense, a las puertas del juzgado en una foto de archivo Santi M. Amil

Considera que los jueces no eran imparciales porque habían resuelto varios recursos durante la fase de instrucción del caso del 10%

25 feb 2021 . Actualizado a las 05:00 h.

El exalcalde de Ourense Manuel Cabezas ha conseguido recusar al tribunal de la Audiencia Provincial de Ourense que había sido designado para juzgarle por no haber reclamado para el Concello, como era preceptivo, la cesión del 10 % del suelo en quince proyectos de compensación realizados en suelo urbano no consolidado. El expolítico cuestionó la imparcialidad de los jueces para el caso —en el que se sentará como acusado por un presunto delito de prevaricación junto al que fue su concejal de urbanismo, Ricardo Campo Labrador— porque ya habían resuelto algunos de los recursos que se presentaron durante la fase de instrucción. Los abogados de Cabezas también aludieron a la «contaminación» que del caso podían tener los magistrados Ana del Carmen Blanco Arce, Manuel Cid Manzano y Amparo Lomo del Olmo, encargados de juzgarle por el carácter mediático del caso.

En el informe realizado por la jueza Amparo Lomo del Olmo, conocido ayer, se aclara que no siempre el hecho de que los juzgadores hayan resuelto recursos durante la instrucción va a cuestionar la imparcialidad en el caso. Esa neutralidad sí podría verse comprometida cuando se adoptan «decisiones que suponen una valoración provisional de la culpabilidad que no ha sido previamente adoptada por el juez instructor, pues ello implica una toma de contacto con el material instructorio y una valoración del mismo desde esa perspectiva», razona la jueza. En ese caso, el acusado sí puede «abrigar sospechas racionales acerca de la imparcialidad del tribunal».

Según argumenta el informe, cuando los jueces valoran aspectos formales no se afecta su imparcialidad, pero sí puede haber un riesgo de que quede comprometida cuando los juzgadores han visto material de la instrucción para resolver que continúe una investigación al apreciar que sí hay indicios delictivos en contra del criterio del instructor.

La fiscalía, que pide siete años de prisión para ambos acusados, se había opuesto a esta recusación.