Según los últimos datos del Ministerio del Interior, Galicia se convirtió en la primera mitad del 2020 en la comunidad con mayor incremento de denuncias por ocupaciones ilegales respecto al año anterior. Se notificaron 79 casos, más de la mitad en A Coruña.
La Fiscalía solicita la medida cautelar siempre que haya indicios de delito de allanamiento
La instrucción firmada por la Fiscal General del Estado, Dolores Delgado, ya define como morada cualquier espacio en el que una persona viva «sin hallarse necesariamente sujeto a los usos y convenciones sociales, ejerciendo su libertad más íntima». Es decir, que en el caso de una segunda residencia se concurrirá en un delito de allanamiento de morada siempre que se lesione o amenace la privacidad, sin importar que el propietario se encuentre en la vivienda. La sentencia del Supremo confirma esta línea, al identificar la segunda residencia como «el reducto último de la intimidad personal y familiar». La Sala reafirma el concepto de morada como aquellos lugares donde, «permanente o transitoriamente», el individuo desarrolle «esferas de su privacidad, alejadas de la intromisión de terceros no autorizados».