Los escolares menores de 3 años tendrán que viajar en furgonetas o en autobuses provistos de sillitas infantiles

José Manuel Pan / Pablo González REDACCIÓN / LA VOZ

GALICIA

Escolares subiendo a un autobús, en una foto de archivo
Escolares subiendo a un autobús, en una foto de archivo ALBERTO LÓPEZ

El Gobierno tiene preparada una reforma para modificar la normativa actual del transporte escolar

05 feb 2020 . Actualizado a las 05:00 h.

Las empresas de transporte escolar deberán trasladar a los menores de 3 años siempre en vehículos de hasta nueve plazas incluido el conductor, es decir, en vehículos tipo furgoneta de la categoría M1 adaptadas para el transporte de personas. En el caso de que los menores sean trasladados en autobuses, estos deberán estar obligatoriamente provistos de sistemas de retención infantil que estén homologados a su peso y a su talla.

Esa es la intención del Gobierno central, que por medio del Ministerio de Transportes, tiene ya preparada una modificación del real decreto que regula las condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores y que previsiblemente será aprobada en uno de los próximos consejos de ministros.

El artículo único que se incorporará a la normativa actual sobre transporte escolar añade que cuando los menores de tres años viajen en autobuses será obligatorio que en el vehículo viaje al menos un acompañante para encargarse específicamente de la vigilancia de esos pasajeros. En todo caso, dice el artículo, deberá haber un acompañante por cada ocho menores de un año, por cada trece menores de entre uno y dos años, y por cada dieciocho de entre dos y tres años.

La intención del Ministerio de Transportes es que la modificación del real decreto que regula el transporte escolar entre en vigor al comienzo del próximo curso escolar 2020-2021.

Sin cinturones antes del 2007

La reforma prevista en la normativa del transporte escolar no variará una de las circunstancias que más preocupan en la actualidad a muchos padres, como es el hecho de que las empresas de transporte puedan utilizar autobuses anteriores al 2007 que no tienen obligación de estar provistos de cinturones de seguridad en cada asiento.

Las autoridades educativas reconocen que la ley ampara a las empresas en el caso de que utilicen autobuses con esa antigüedad y que no lleven cinturones de seguridad. Otra cosa piensan los padres cuando ven subir a los niños en autobuses sin ese dispositivo de seguridad. La propia Dirección General de Tráfico anima a los padres a que exijan a los colegios que el servicio de transporte escolar se haga con autocares dotados de cinturones de seguridad.