El TSXG confirma el internamiento en un psiquiátrico del hombre que asfixió a su mujer en el 2017 O Carballiño

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José Alén asfixió a su mujer en el domicilio que ambos compartían
José Alén asfixió a su mujer en el domicilio que ambos compartían Miguel Villar

El Alto Tribunal ratifica la sentencia de la Audiencia Provincial de Ourense que le impuso un internamiento máximo de 14 años

25 ene 2020 . Actualizado a las 12:01 h.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Ourense que condenó a José Alén Lorenzo a 14 años de internamiento en un centro psiquiátrico por haber asfixiado hasta la muerte a su mujer en enero del 2017 en el domicilio que ambos compartían en la localidad ourensana de O Carballiño.

El pasado mes de julio, el jurado popular emitió un veredicto en el que consideraba a Alén Lorenzo, de 60 años, autor de la muerte de su esposa Virginia. Dado que el hombre padece una demencia -su mujer había llegado a pedir ayuda para atenderle-, tanto el fiscal como la abogada de la acusación particular pidieron al tribunal que se le aplicase una medida de internamiento en centro psiquiátrico penitenciario. «No es un delincuente, sino un enfermo», dijo el representante del ministerio público en su informe final.

Una semana después del veredicto, la Audiencia Provincial de Ourense ratificó esa petición en su sentencia, al imponer como condena su internamiento en un centro psiquiátrico dependiente de la Administración Penitenciaria por un tiempo máximo de catorce años, del cual no puede salir sin autorización del tribunal.

El TSXG, que ha ratificado ahora esa sentencia, recuerda que se trata de «una decisión judicial, no médica ni terapéutica, explicable en el contexto de las garantías del proceso penal» y que José Alén fue absuelto del delito de homicidio que se le imputaba porque se tuvo en cuenta la eximente completa de alteración psíquica, debido a su demencia. En todo caso, la Audiencia Provincial tuvo en cuenta la gravedad del delito «y la violencia empleada» para imponerle el tiempo máximo de internamiento.

La sentencia incluyó también la obligación de abonar a cada uno de los padres de la fallecida con 60.000 euros en concepto de responsabilidad civil, y con otros 40.000 a su hermana.