Un juzgado obliga a la Xunta a abonar un plus salarial a una funcionaria de Xustiza

Redacción LA VOZ

GALICIA

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El complemento del IPC gallego puede llegar a suponer unos 120 euros al año

21 ene 2020 . Actualizado a las 23:03 h.

La Xunta tendrá que abonar el IPC gallego de los últimos cinco años a una trabajadora de un Juzgado de Vigo. El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 falló a favor de la funcionaria, que tendrá derecho a percibir la cuantía correspondiente a esta paga de compensación, aprobada en 1992 para los empleados públicos de la comunidad y que, hasta la fecha, ningún empleado de Xustiza había percibido.

El juzgado recuerda que el denominado IPC gallego, un plus creado para corregir el desfase entre el índice de precios al consumo previsto y el registrado en el año 1991 que se computa en el salario de los funcionarios, se instauró antes de que se transfiriese a Galicia la competencia sobre la Administración de Justicia. «Esa circunstancia», recoge la sentencia, «no impide que a los funcionarios les sea aplicable» la bonificación, ya que interpreta que esa ley no solo fue creada para los profesionales que trabajasen en la Xunta en ese momento.

La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de apelación en el plazo de quince días. El juez indica que no procede efectuar expresa condena en costas debido que se trata del primer pleito resuelto sobre este tema.

El IPC gallego

El llamado IPC gallego se trata de una paga de compensación por la desviación entre el índice de precios al consumo previsto y el registrado en el año 1991. Ese año, los presupuestos se presentaron al Parlamento antes de conocerse el índice de precios al consumo registrado en Galicia. Sin poder incluir esas previsiones, se resolvió la concesión de un crédito extraordinario para satisfacer ese incremento retributivo al personal de la administración. En los Orzamentos del 2019, la estimación de esta partida era de 310.042,94 euros.

El final de la huelga de Xustiza, en mayo del 2018, estableció un incremento de los complementos retributivos de determinación autonómica. El acuerdo del Consello de la Xunta, sin embargo, omitió cualquier referencia a la aplicación de este bono a los empleados. La sentencia establece que la ausencia del IPC gallego en el pacto no debe interpretarse como «imposibilidad de su aplicación directa», sino que se extiende a quienes ya figuran «dentro del ámbito subjetivo del personal retribuido por la Administración».

Durante las negociaciones entre la Xunta y los trabajadores de Xustiza se contemplaba la bonificación del concepto retributivo por el IPC gallego, que supone siete euros al mes para los auxiliares, ocho para los tramitadores y nueve para los gestores.