El Concello de O Porriño contrata a dedo a un juez que absolvió a la alcaldesa

Alejandro Martínez VIGO / LA VOZ

GALICIA

Ramón Leiro

El magistrado debe volver a redactar la sentencia

07 oct 2019 . Actualizado a las 22:10 h.

El Concello de O Porriño ha contratado a dedo al magistrado titular del juzgado de lo Penal número 1 de Pontevedra, Juan José Trashorras García, para impartir cursos de educación vial y legislación. Este juez fue el que absolvió a la alcaldesa socialista, Eva García de la Torre, de delitos de falsedad documental y de deslealtad profesional y cuya sentencia tiene que volver a redactar.

El juicio se celebró en noviembre del 2018 y en mayo de ese año impartió cursos sobre protección jurídica contra la violencia de género organizado por la Policía Local de este Ayuntamiento.

El seminario se celebró en el polideportivo de O Porriño y acudieron 127 vecinas. El Concello abonó al magistrado dos facturas de 1.020 euros cada una en concepto de honorarios. El juez se encargó de impartir la parte teórica de los seminarios ofreciendo formación jurídica sobre legítima defensa, uso proporcional y miedo insuperable.

Esta relación contractual del magistrado con el Concello de O Porriño continúa. La alcaldesa firmó el pasado mes de agosto un nuevo decreto por el cual le abonarán otros 4.000 euros por impartir más cursos de educación vial.

La Ley de Contratos del Sector Público permite que la contratación sea a dedo al no sobrepasar la cuantía de 15.000 euros. «Visto o orzamento presentado por Juan José Trashorras García, e contando coa capacidade necesaria, debe adxudicarselle directamente», reza el fallo que firmó el pasado mes de agosto la alcaldesa accidental, Lourdes Moure, dado que la regidora socialista se encontraba de vacaciones por esas fechas.

Acusaciones

El juez Trashorras no vio delito en el hecho de que Eva García de la Torre, en su profesión de abogada, pero ya ejerciendo como alcaldesa de O Porriño, entregara a unos clientes un documento del juzgado de Tui falsificado para hacerles creer que había instado la ejecución de una sentencia. La propia alcaldesa reconoció el engaño en un pleno, pero el magistrado la absolvió porque «la actitud de la acusada es reprochable, pero al no haber salido del ámbito privado de la relación cliente-letrada y no haber tenido acceso al tráfico mercantil, la falsedad es inocua y la sentencia debe ser absolutoria». El juez no dejó declarar a un perito porque en vez de esperar fuera de la sala, asistió a la vista. Gracias a esta absolución, Eva García de la Torre, pudo volver a presentarse a las elecciones municipales, dado que el Ministerio Público pedía su inhabilitación.

En aquel juicio, la Fiscalía añadió el delito de deslealtad profesional, pidiendo una multa para la regidora. El juez en su sentencia no entró a valorar esta segunda acusación sobrevenida al reconocer que Eva García de la Torre no había tenido oportunidad de defenderse durante la instrucción judicial. Tras el recurso de la Fiscalía, la Audiencia de Pontevedra corrigió y ordenó en junio al juez que entre en el fondo del asunto y dictamine si Eva García de la Torre incurrió en un delito de deslealtad profesional por engañar a unos clientes.