Condenado un ghanés que se hizo pasar por un nigeriano en el examen del carné

Alfredo López Penide
L. penide PONTEVEDRA / LA VOZ

GALICIA

Foto de archivo de la celebración de un examen teórico para obtener el carné de conducir
Foto de archivo de la celebración de un examen teórico para obtener el carné de conducir GUARDIA CIVIL

El hombre cobró mil euros por presentarse a la prueba teórica de conducir

11 may 2019 . Actualizado a las 05:00 h.

Un ciudadano de Nigeria le pagó mil euros a un conocido de Ghana para que hiciera por él en Pontevedra el examen teórico de conducir y lo aprobara. Descubierto el engaño, ambos han sido condenados como autores de una delito de falsedad en documento oficial cometido por un particular.

Al ghanés se le impone una pena de seis meses de cárcel y el pago de una multa de 540 euros, mientras que su compañero de banquillo ha sido condenado a un año de prisión y al abono de una sanción de 1.440 euros. En la sentencia se establece la suspensión de las penas de cárcel condicionadas a que los encausados no delincan durante un período de dos años, al tiempo que se incide en que ambos cuentan con arraigo en España.

La sentencia considera probado que el 2 de enero del 2017 el súbdito nigeriano contactó con el segundo acusado para que, dado que este último era titular de un permiso de conducir de la clase B -el que habilita para ponerse al volante de turismos-, se examinase en su lugar para tratar de superar la prueba teórica.

Pago de mil euros

La Justicia acreditó que el ghanés, tras recibir los mil euros, entregó una fotografía suya a su interlocutor, con la que, «por sí o por otra persona a indicación suya, [se] elaboró un permiso de residencia de las mismas características que el auténtico, aunque sin sus marcas de seguridad». Este documento falsificado fue el que esgrimió el ghanés cuando se presentó en la Jefatura de Tráfico de Pontevedra a principios del 2017 para realizar la prueba de conocimientos del carné.

Esta resolución judicial acaba de ser confirmada por la Audiencia Provincial de Pontevedra, si bien se aclara que cabe la posibilidad de interponer un recurso de casación por lo que, de momento, no es firme. En todo caso, el único motivo por el que se impugnó la sentencia fue el relativo al importe de la multa impuesta al ciudadano oriundo de Nigeria, que se consideraba desproporcionada. Sin embargo, la Audiencia pontevedresa sostiene que no acreditó circunstancias económicas que «imposibiliten su capacidad para el pago de una cuota tan módica».