Consideran vulnerados los derechos del rey de las orquestas en un caso fiscal

L. penide / Agencias / PONTEVEDRA/ LA VOZ

GALICIA

CAPOTILLO

La Audiencia Provincial ratifica la absolución por fraude de Ángel Martínez Pérez, más conocido como Lito

26 feb 2019 . Actualizado a las 11:18 h.

La Audiencia Provincial de Pontevedra ha confirmado la absolución del mayor empresario de orquestas de Galicia, Ángel Martínez Pérez, Lito, y de otros dos encausados en relación con la gestión económica de la Orquesta Filadelfia. Se rechaza que existiesen indicios de fraude fiscal por un importe cercano a los 300.000 euros durante el 2011 y el 2012, tal y como mantenían la Fiscalía y la Agencia Tributaria (AEAT).

El Juzgado de lo Penal número 1 de Pontevedra los había absuelto ya en febrero de 2018 al quedar anulados los registros practicados por funcionarios de la Agencia Tributaria, y ahora el organismo provincial ratifica esta sentencia, al desestimar los recursos presentados por Fiscalía y la Abogacía del Estado.

Los magistrados estiman que ambas acusaciones «no aportan argumento alguno acerca de que los datos contenidos en los documentos intervenidos (...) de forma directa o indirecta descubrieran hechos susceptibles de calificarse como infracción tributaria grave y menos como delito flagrante».

Además entienden que se infringieron las «garantías mínimas legales» y «constitucionales» de los encausados en lo relativo a los registros practicados. Apunta que «no todo vale», puesto que la práctica del registro «debe realizarse en forma idónea y proporcionada, excluyéndose requisas generales e indiscriminadas de aquello que sea manifiestamente ajeno a la investigación». Y añade: «Los funcionarios de la AEAT debieran haber dado cuenta del registro al juzgado que lo había autorizado, no como una formalidad legal sino como una garantía constitucional, para que dicho juzgado ponderara la proporcionalidad en la injerencia con la intervención del material afectante a terceros ajenos y por objeto ajeno a la autorización». Se alude también a la falta de levantamiento de un acta que relacionara la documentación intervenida en una nave de Caldas, lo que implicaría una infracción que afecta a la inviolabilidad del domicilio.

Los delitos que se les atribuían

Fiscalía pedía, para cada uno de los acusados, dos años y tres meses de prisión por cada uno de los delitos tributarios de los años 2011 y 2012 de la Orquesta Filadelfia y una multa de 280.000 y 310.000 euros por los delitos tributarios de los años 2011 y 2012 respectivamente, lo que hacía un total de 590.000 euros.

En concepto de responsabilidad civil, solicitaba que los acusados de forma conjunta y solidaria deberían abonar a la Hacienda Pública estatal la cantidad de 284.314,50 euros, más los intereses legales.

Consecuencias de la sentencia

Tras este fallo, sobre el que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, el abogado de Lito, Carlos Seoane (CCS Abogados), ha destacado, en declaraciones a Europa Press, que la sentencia deja «muy clara» que los registros fueron «inconstitucionales» y que todo lo que se «haya adquirido» en ellos «no se puede usar como prueba».

Ángel Martínez Pérez tiene todavía dos juicios pendientes, uno sobre la declaración de IRPF e IVA -entre los años 2009 y 2013- y sobre la sociedad de representación --entre 2009 y 2010--. En ambos casos, la defensa del empresario de las orquestas invocará la sentencia y el fallo de la audiencia en las cuestiones previas, puesto que sostiene que están «viciados» por estos mismos registros -del que partieron el resto de piezas judiciales-. Así, espera un «efecto dominó» y que decaigan el resto de procedimientos, que afectan a agentes y representantes artísticos.