El Gobierno prepara multas para casi 30 pozos ilegales en Galicia

maria cedrón REDACCIÓN

GALICIA

Imagen de archivo de un pozo ubicado en una finca rural para extraer agua
Imagen de archivo de un pozo ubicado en una finca rural para extraer agua GUSTAVO RIVAS

Extraer agua cuando no hay permiso de la Confederación Hidrográfica do Miño-Sil o, en su caso, de Augas de Galicia. Esa infracción provoca la mayor parte de las multas registradas en la comunidad.

11 mar 2019 . Actualizado a las 20:04 h.

Extraer agua de un pozo que carece de autorización para ello tiene multa. De hecho, según apuntan desde la Confederación Hidrográfica do Miño-Sil, dependiente del Ministerio de la Transición Ecológica, es la infracción más frecuente que suele registrarse en Galicia, comunidad donde la dispersión poblacional ha hecho que sean habituales las perforaciones en busca de agua para cubrir el servicio en aquellas zonas donde no llega la red de traída. Concretamente, la entidad prepara este año un total de 28 sanciones a pozos, la mayor parte registradas en la provincia de Pontevedra (21). En los tres años anteriores tramitó 77 y fue en la provincia de Lugo donde más extracciones realizadas de modo irregular fueron registradas.

Pero el número de sanciones resulta mínimo teniendo en cuenta que en el registro de Aguas de la citada Confederación Hidrográfica había registrados un total de 14.109 captaciones de agua a través de pozos que se sumarían a los más de 10.000 que tiene registrados Augas de Galicia en su área de influencia. La cuestión es que para poder abrir y usar una infraestructura de este tipo lo primero que hay que hacer es pedir licencia municipal y, una vez obtenida, presentar un proyecto en la delegación de la Dirección Xeral de Minas de cada provincia. En caso de que tras realizar el sondeo, salga agua, hay que comunicarlo al organismo correspondiente. Bien la Confederación Hidrográfica o Augas de Galicia, en función de dónde esté ubicado el pozo. Porque, como explican desde la primera de estas entidades, «para poder extraer auga precísase por parte do organismo de bacía unha concesión administrativa, ou ben o recoñecemento ao uso privativo por disposición legal en función das súas características».

Cuando el reconocimiento del uso privativo del agua es por disposición legal, bastaría con que el interesado lo pida presentando el título de propiedad de la finca, el plano catastral y una analítica química y bacteriológica del agua cuando esta vaya a usarse para su consumo. Más complicado es el proceso de querer otorgar una concesión administrativa para ese uso privativo del agua hay que abrir un trámite de información pública y de concurrencia competitiva.