El Supremo confirma la legalidad de la expropiación del pazo de Baión

Alfredo López Penide
López Penide PONTEVEDRA / LA VOZ

GALICIA

MONICA IRAGO

El tribunal desestima el recurso interpuesto por una hija de Laureano Oubiña

03 ene 2019 . Actualizado a las 05:00 h.

Treinta años después de que el pazo de Baión hubiera sido adquirido por Laureano Oubiña y su mujer, la fallecida Esther Lago, y transcurrida una década desde que en el 2008 fuese adjudicado a Condes de Albarei tras un complicado proceso expropiatorio, el Tribunal Supremo ha confirmado la legalidad de aquella expropiación. Y lo ha hecho desestimando la demanda interpuesta por una de las hijas de Oubiña reclamando la propiedad del pazo como parte de la herencia de su madre.

Hasta en tres ocasiones, la Justicia ha echado por tierra la reclamación de la hija de Esther Lago y Laureano Oubiña. Primero, fue el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Pontevedra; luego, la sección tercera de la Audiencia Provincial; y ahora, el Supremo, cuyos magistrado de la sala de lo Civil han declarado firme la primera de las resoluciones judiciales, al tiempo que han impuesto las costas procesales a la recurrente.

A este respecto, la sentencia recoge que se alegó que ambas hermanas habían «aceptado la herencia de su madre de forma tácita y las fincas embargadas por la Audiencia Nacional se encontraban dentro del patrimonio de la madre, que falleció antes de ser juzgada». Consideraron, por tanto, que se había extinguido su responsabilidad penal, mientras que en el caso de su padre «solo se le acusó, retirando luego la acusación y absolviéndole la sentencia por el delito de alzamiento de bienes», refiere la Audiencia.

Las tesis sostenidas en el recurso apuntan en la dirección de que las hermanas «eran titulares del derecho de propiedad cuando se produce el comiso tras la sentencia de la sala de lo penal del Tribunal Supremo». Mantuvieron, asimismo, que «no existe ningún pronunciamiento que afectase» a la mujer de Oubiña, así como que «la vinculación en la jurisdicción civil de las sentencias penales se refiere a las sentencias condenatorias, no a las sentencias absolutorias».

Sin embargo, la Audiencia Provincial, cuyo dictamen confirmó el Supremo, mantuvo que «en el caso del delito de blanqueo de capitales, como es el que nos ocupa, no se exige sentencia condenatoria firme, ni se precisa la previa determinación de la autoría del delito precedente, pues tal exigencia haría imposible en la práctica la aplicación del tipo de blanqueo». Añade que «únicamente es preciso acreditar el hecho típico y antijurídico, sin analizar la culpabilidad, aunque entrañe un primer grado de imputación, tanto objetiva como eventualmente subjetiva».

Incide en que, en su día, la Audiencia Nacional recogió «nítidamente los presupuestos del delito de blanqueo de dinero y la actuación grupal, como organización [...], relacionando de modo preciso la intervención en el mismo de los padres de las demandantes [...], aunque no los condene».

Todo un símbolo de la lucha contra el tráfico de estupefacientes

El pazo de Baión está considerado todo un símbolo de la lucha contra el tráfico de estupefacientes en las Rías Baixas. Domingo Oubeira y su esposa Margarita Lago, hermana de Esther Lago, figuraban como propietarios nominales del 49 % de Comercial Oula, una entidad instrumental que, según recoge La Voz en el 2004, Oubiña y Lago usaron para hacerse con el emblemático inmueble. En 1995, la Audiencia Nacional intervino el 51 % y cuatro años después el juez Garzón se hizo con el 49 % restante.