Quince médicos fueron sancionados por compaginar sanidad pública y privada desde el 2017

Elisa Álvarez González
Elisa Álvarez SANTIAGO / LA VOZ

GALICIA

M.MORALEJO

El fallo del TSXG defiende este criterio siempre que el profesional no haga actividad concertada

14 dic 2018 . Actualizado a las 10:29 h.

Una jornada organizada por el Colegio de Médicos de A Coruña y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo ponía de manifiesto hace unos meses que el número de facultativos que podrían estar denunciados por vulnerar la ley de incompatibilidades se sitúa en torno a 70. Y ya ha habido sanciones importantes. Solo en el 2017 y en lo que va de 2018 quince facultativos han sido sancionados por incumplir esta legislación al trabajar en ambos sectores sin tener la compatibilidad. Son suspensiones de empleo y sueldo en algunos casos de quince días, pero en otros llegan a dos años. Desde la Asociación de Hospitales Privados de Galicia (Ahosgal), que engloba a todos los concertados de la comunidad, aseguran que la problemática no está subsanada y que los profesionales médicos tienen problemas para que les den la compatibilidad. No si tienen una consulta particular, pero sí si hacen su trabajo en un hospital concertado, en donde el entorno es al menos teóricamente más seguro.

El control de la inspección a los galenos que están en centros concertados llega hasta el punto de que, aseguran desde Ahosgal, ha habido centros que tuvieron que renunciar a ampliar su cartera de servicios por este motivo. Maxilofacial es una especialidad en la que el número de médicos no es muy numeroso y prácticamente todos trabajan en la pública. También es un área imprescindible para las víctimas de tráfico, una de las líneas de trabajo de la sanidad privada. Desde la entidad que engloba a los hospitales concertados sostienen que algún centro se vio obligado a renunciar a esta especialidad porque no se dio la compatibilidad a los profesionales.

Una alternativa fallida

El rifirrafe en torno a la ley de incompatibilidades entre médicos y Consellería de Sanidade es difícil de entender. La Xunta asegura que tiene las manos atadas porque es una competencia estatal y que ha pedido cambios al Ministerio. Pero al mismo tiempo es una de las comunidades que aplica esta legislación de forma más restrictiva, tal y como denuncian los colegios médicos.

El Sergas propuso una alternativa a la asociación de hospitales privados, pero la entidad no estuvo conforme con la propuesta. Desde hace tiempo Ahosgal reclama un criterio único y objetivo para todos los médicos que trabajan en la pública y en la privada, tanto si lo hacen en centros con actividad concertada como si lo hacen en otro tipo de clínicas o por cuenta propia.

Además, creen que la consideración de ente público de estos centros debe ser restringida a las especialidades concertadas y no a las que no lo están. Es decir, coinciden con los colegios en que se autorice la compatibilidad a todos los profesionales del sector público siempre que no atiendan a pacientes derivados por el Sergas.

El TSXG ampara a los médicos que compaginan sanidad pública y privada

Los colegios médicos de Galicia reclaman desde hace tiempo que se flexibilice la aplicación de la ley de incompatibilidades por parte del Sergas. Y es que, tal y como la aplica la Consellería de Facenda, que es la que concede estos permisos, ningún facultativo del sector público puede trabajar en un hospital privado que tenga un concierto, aunque su especialidad no goce de este acuerdo. Pero el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) acaba de dar un giro a esta política sanitaria, al dar la razón a una profesional de la gerencia de A Coruña a la que se le denegaba la compatibilidad.

Se trata de una ginecóloga que pidió este documento para poder trabajar en una clínica a la que la Subdirección Xeral de Incompatibilidades e Boas Prácticas se lo denegó. Tras desestimar el recurso contencioso administrativo presentado por la médica en un juzgado de A Coruña, esta apeló finalmente al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, que acaba de darle la razón. La clínica en cuestión solo tiene un acuerdo con el Sergas para realizar interrupciones voluntarias del embarazo, pero no otro tipo de actividad de la especialidad de ginecología y obstetricia. Sin embargo se prohibió la compatibilidad por entender que la clínica tiene una autorización de uso con el Servizo Galego de Saúde para la prestación sanitaria.

No lo entiende así el tribunal gallego, que estima el recurso y revoca la sentencia apelada, concediendo la compatibilidad para trabajar en este centro «siempre en actuaciones ajenas a las de interrupción voluntaria de embarazo a que se refiere la autorización, único aspecto en el que la clínica privada expresada goza del carácter de centro o institución pública», y siempre además limitándolo a las pacientes que hayan sido derivadas por el Sergas.

El fallo abre el debate que ya desde hace años han puesto encima de la mesa los colegios médicos: hasta qué punto puede denegarse el permiso para trabajar en ambos sectores si la actividad del profesional no tiene ninguna relación con la actividad concertada, aunque el centro sí atienda a enfermos de la sanidad pública en otras áreas.

La apelación fue presentada por los servicios jurídicos del Colegio Oficial de Médicos de A Coruña, que considera esta sentencia de gran trascendencia, dado el número de médicos afectados que compatibilizan el ejercicio de la sanidad pública y privada, realizando actividades fuera del objeto del concierto que los centros mantienen con el Sergas. Esta situación, lamenta el colegio, «derivó en la incoación de un elevado número de expedientes disciplinarios a facultativos y la imposición de algunas sanciones de enorme gravedad».

El presidente de la entidad, Luciano Vidán, asegura que esta sentencia es un gran avance y que, aunque no resuelve todo el problema, lo «clarifica mucho». Los colegios reclaman que se regulen estas actividades como de interés general para que de esta manera puedan compatibilizarse mientras no se reforma la ley de incompatibilidades, del año 84, que los profesionales consideran que está obsoleta «y que en Galicia se aplica de una forma muy restrictiva», apunta Vidán.

Y es que todos los hospitales de la comunidad tienen concierto para alguna actividad, lo que en la práctica impide ejercer en ambos sectores en la comunidad, salvo que el médico tenga una consulta particular o trabaje en una clínica. Los facultativos, además, defienden que es bueno que los profesionales «trabajen en entornos sanitarios», es decir, en clínicas u hospitales.

Más de un millar

Más de un millar de facultativos trabajan en ambos sectores en la comunidad. Solo en los hospitales de Ahosgal, que engloba los principales centros de Galicia, están más de 700. En un momento en el que hay déficit de profesionales, sobre todo en determinadas especialidades, la rigidez al aplicar la ley ha provocado no solo que los centros privados tengan dificultades para encontrar a profesionales en algunas áreas, sino que otros hayan decidido dejar el sector público para centrarse en exclusiva en el privado.

El Sergas pidió al ministerio que revise la ley en el grupo que aborda el déficit de galenos

De momento, el Servizo Galego de Saúde no ha valorado la sentencia, pero desde este departamento explican que la estudiarán por si implica un cambio en la doctrina jurídica. Un fallo anterior del Tribunal Supremo establecía la imposibilidad de que un profesional sanitario compatibilizase su actividad en un centro concertado y público, aunque se refería a una actividad con concierto. En la práctica, lo que hizo el Sergas fue ampliar la prohibición a todo el centro. No obstante, en el grupo de trabajo que las comunidades autónomas y el Ministerio de Sanidad han establecido para abordar el déficit de profesionales, una de las propuestas que llevó Galicia para su análisis es que se revise esta normativa de incompatibilidades.

La ley que se aplica, del año 84, está para el sector obsoleta por varios motivos. Uno de ellos es que las nuevas tecnologías, la historia clínica electrónica y la informatización de los datos ya permiten evitar lo que persigue esta legislación: que un médico retribuido por el sistema público atienda -y cobre, por lo tanto- a un paciente que deriva el mismo sistema público a un centro privado para aligerar las listas de espera.

Un complemento de 800 euros

Otro debate que seguro tendrá más recorrido es si es o no equitativo que los profesionales que solo trabajan en la pública cobren un complemento de exclusividad que no perciben los facultativos que compaginan los dos sectores. Este plus se acerca actualmente a los 800 euros mensuales.

TAMBIÉN EN LA VOZ