7. Queda prohibida la instalación de publicidad en cualquier lugar visible desde la zona de dominio público de la calle.
8. Si una casa es solo de planta baja, no deberá superar los 4 metros de altura. Si tiene planta baja más un piso, no podrá superar los 7. Y si cuenta con planta baja mas dos pisos, la altura máxima será de 10 metros.
9. Los muros deberán realizarse con materiales acordes con el ambiente, debiendo mantenerse en todo momento en condiciones óptimas de conservación. En caso de construcciones de cierres, se realizarán con materiales, técnicas y acabados tradicionales. No se permite el uso de bloques de hormigón o materiales de fábrica no elaborados como elementos de acabado, a no ser que sean debidamente revestidos y pintados.