¿Es habitual llegar a este nivel de concreción, o este plan está muy condicionado por la lucha contra el feísmo gallego? Fernández Carballal sí cree que este marco normativo pueda estar condicionado por la realidad urbanística y constructiva de Galicia, «aunque se basa en un concepto que ya estaba en la normativa de 1956: la necesidad de integrar las construcciones en el ambiente». Y así es: la integración en el entorno, siempre muy interpretable, jalona el plan básico desde el principio hasta el fin.
Este ordenamiento de obligado cumplimiento para los concellos casi completa el desarrollo normativo de la Lei do Solo. Solo restaría aprobar la revisión de la Lei de Ordenación do Territorio para cerrar el círculo del nuevo escenario urbanístico gallego, que quedará en papel mojado si las administraciones locales no hacen un esfuerzo por ponerse al día y superar las dinámicas de otros tiempos. Aquellos tiempos del «ti vai facendo» que, al final, tuvieron serias consecuencias sobre los ciudadanos que confiaron en su ayuntamiento.