El delicado equilibrio de los imputados en la comisión de investigación del Alvia

Pablo González
pablo gonzález REDACCIÓN / LA VOZ

GALICIA

Francisco José Garzón Amo, Antonio Lanchares y Andrés Cortabitarte
Francisco José Garzón Amo, Antonio Lanchares y Andrés Cortabitarte Paco Rodríguez, Sandra Alonso

Mientras que en la causa judicial pueden mentir, en el Congreso deben decir la verdad. El silencio será una opción muy recurrida por el maquinista

01 jul 2018 . Actualizado a las 11:35 h.

Buena parte de los imputados en el caso Alvia se verán obligados a comparecer en la comisión de investigación parlamentaria sobre el accidente ferroviario de Santiago que echó a andar en el Congreso. En los próximos días será el turno del maquinista, Francisco José Garzón Amo. Sus abogados ya lo sabían desde hace tiempo y están preparando la estrategia para el delicado equilibrio que, para su defensa, supone comparecer en este tipo de órganos parlamentarios. Quizás el caso más complejo sea el del maquinista, un hombre normal muy poco acostumbrado a los focos y cuya presencia ha sido solicitada por el PP y el PSOE, que son mayoría en la mesa. «Parece que quieren desviar el foco hacia el conductor», dice con cierta sorna un abogado de la causa judicial.

Ni Unidos Podemos-En Marea ni Ciudadanos solicitaron la comparecencia del maquinista, al entender que la comisión debe determinar si existieron responsabilidades políticas que influyeron en la esfera técnica del ADIF y de Renfe, algo que sí podrían aclarar los responsables imputados de Seguridad en la Circulación del ADIF y Renfe, Andrés Cortabitarte y Antonio Lanchares. Las víctimas, en el listado que remitieron a los partidos con sus propuestas de comparecientes, tampoco incluyeron al maquinista ni al interventor que realizó la llamada que provocó el despiste, que sí ha sido reclamado por el PP y el PSOE y que, por tanto, estará obligado a asistir. El interventor nunca ha estado imputado en la causa judicial.

Inasistencia penada

La comparecencia en las comisiones de investigación son obligatorias. No solo eso. Hay un artículo en el Código Penal que castiga estas ausencias con penas de seis meses a un año, mayores incluso que las inasistencias en sede judicial, aunque no existe constancia jurídica de que se haya hecho alguna vez. En el caso de una autoridad o un funcionario público las penas son también más gravosas. Pero, por ejemplo, no se aplicaron cuando el Gobierno de Aznar en pleno boicoteó la comisión de investigación del accidente del Prestige en el Parlamento gallego, al considerar que este órgano legislativo no tenía competencias sobre el asunto sobre el que pretendía investigar. En todo caso, en los requerimientos que se están enviando para que los comparecientes vayan al Congreso se les advierte de la responsabilidad penal en la que pueden incurrir si no asisten.

Sin embargo, se producen algunas paradojas en el caso de los imputados que fueron abordadas en su momento por los juristas, como los problemas que genera conciliar que el falso testimonio en la comisión esté penado con el derecho constitucional a no declarar contra uno mismo. Suele decirse que un investigado puede mentir o esconder parte de la verdad, mientras que los testigos deben atenerse siempre a los hechos reales, bajo la amenaza de un delito de falso testimonio. De ahí que recientes comparecencias en comisiones de investigación de imputados, como fue el caso del extesorero del PP Luis Bárcenas, se sustanciaran con grandes silencios por consejo de sus propios abogados. Esta será la tónica habitual en las declaraciones de los imputados en la comisión del Alvia.

Además, aunque la normativa castiga la incomparecencia, no hay ninguna norma que imponga la obligación de declarar. Tan solo se prescribe lo que se denomina un deber de veracidad, así que el falso testimonio también está castigado penalmente. El imputado, no obstante, no pierde sus derechos constitucionales al ser llamado a una comisión, entre ellos el derecho a no declarar contra uno mismo. «La obligación de veracidad queda bloqueada por el derecho constitucional de defensa», explica María del Mar Carrasco Andrino, catedrática de Derecho Penal, en uno de los escasos estudios jurídicos que se realizaron sobre estas comisiones. «En la práctica -recuerda la jurista- los afectados se han acogido al derecho a guardar silencio y a no declarar contra sí mismos».

La comisión de investigación va por un lado y la causa judicial, por otro. Podrían incluso llegar a conclusiones diametralmente opuestas. Pero sí se pueden comunicar sus resultados a la Fiscalía para que haga sus propias investigaciones y, si lo ve necesario, las judicialice. Hay que tener en cuenta que el maquinista solo declaró una vez en sede judicial, en unas circunstancias además muy difíciles para él, medicado y con el peso reciente del shock el accidente.

Sin distinciones

Carrasco Andrino explica cuál es la paradoja de estas comisiones. «El problema reside en que la normativa sobre comisiones de investigación no distingue, a diferencia de lo que ocurre en el procedimiento judicial, entre los que son citados en calidad de testigos y aquellos que lo son como imputados, esto es, entre quienes simplemente son citados para aportar información relevante para la investigación [este sería el caso del maquinista] y aquellos sobre los que se está valorando una posible responsabilidad política». En definitiva, se puede llamar a cualquier ciudadano para que aporte datos de cara a la investigación, pero solo se podrán exigir responsabilidades políticas a aquellos que ostentan u ostentaron cargos públicos en la administración.