Confirman la condena a la madre que calumnió a una maestra por WhatsApp

e. v. pita VIGO / LA VOZ

GALICIA

La Voz

La Audiencia ve probado que acusó falsamente a la profesora de maltratar a su hijo

16 ene 2018 . Actualizado a las 07:58 h.

La Quinta Sección de la Audiencia de Pontevedra, con sede en Vigo, ha confirmado la condena a la viguesa por calumniar a la profesora de su hijo en un chat del grupo de WhatsApp de padres de alumnos. La acusó de maltratar al pequeño, pero sin aportar ninguna prueba.

La madre fue condenada a pagar una multa de 630 euros por el Juzgado de lo Penal número 3 de Vigo y a pagar un euro a la docente como indemnización moral. Apeló sin éxito ante la Audiencia, alegando que no le habían dejado presentar una prueba pericial del forense. Quería que el médico certificase el ánimo con el que había enviado los mensajes de WhatsApp, pero fue desestimada por irrelevante.

El tribunal rechaza el recurso de la madre del alumno porque no ve ningún error en la apreciación de la prueba, sino todo lo contrario. La sala sostiene que la progenitora atribuye a la profesora una acción delictiva en la que describe «claramente» un maltrato de obra de una profesora a un alumno. Esto ya de por sí es un delito de calumnia.

Según la Audiencia, la acusada colgó el 16 de enero del 2016 en el grupo de WhatsApp de los padres de alumnos de quinto de infantil de un colegio público de Vigo este mensaje: «Esto es lo que os voy a decir de lo que está sufriendo mi hijo. La profesora se dedica a zarandearlo de malas formas, a tirarle de un brazo, se burla de él, le tira las fichas del puzle al suelo, le come el bocadillo... con esto os quiero decir que controléis a vuestros hijos, que les preguntéis por esta individua [sic], y si pasa con alguno más tenemos que hacer fuerza entre todos y plantarle cara».

La Audiencia también rechaza que ella enviase el mensaje sin mala intención o sin conocimiento de su falsedad, porque la madre no aporta nada que lo avale. La sala recalca que las expresiones son ofensivas y es evidente que la madre conocía su significado, además de verterlas sin ninguna prueba que sustentase sus graves acusaciones. A ello se suma que la acusada nunca llegó a rectificar en el grupo de WhatsApp ni en la conciliación ni en el juicio. Concluye que actuó así a sabiendas de su falta de veracidad y desestima su recurso.

La madre evitó hacer declaraciones ayer sobre el caso y prefirió guardar silencio.

Un sindicato de la enseñanza se felicita porque se salvó la dignidad de la profesional

El Sindicato de Traballadoras e Traballadores do Ensino de Galiza (STEG) se felicitó ayer por la sentencia que repara los daños morales causados por las calumnias vertidas contra la profesional de la educación vilipendiada por WhatsApp porque ha restaurado la integridad y honorabilidad de su imagen pública. Recuerdan que, en su día, el caso de la docente tuvo amplia difusión en los medios de comunicación y se dio amplia cobertura a las declaraciones de la madre en la que seguía cuestionando la recta actitud de la maestra, que fue víctima de una calumnia.

Recuerdan que la maestra buscó resolver la situación creada en una reunión aclaratoria que se celebró en el propio centro educativo y en presencia del equipo directivo, dándole a la madre la oportunidad de disculparse por la misma vía que había utilizado para verter sus aseveraciones calumniosas. Pero la progenitora usó evasivas para no disculparse.

«Expresiones ofensivas y graves que menoscaban el honor de la docente»

La Audiencia considera que el mensaje enviado al foro de padres menoscabó el honor y la dignidad de una funcionaria que impartía clase en un colegio público. Al tratarse de un empleado público, la Fiscalía lideró la acusación. La sala recalca que las expresiones contenidas en el mensaje «son objetivamente ofensivas y suficientemente graves para considerar menoscabada la dignidad y el honor de la perjudicada, en la medida en que menoscaban la honra y el crédito de la profesora». El tribunal también tiene en cuenta el «contexto» en que se profieren las calumnias, en un foro repleto de padres de alumnos de dicha docente. «No existe indicio alguno de mínimo maltrato hacia el menor, careciendo de base objetiva o indiciaria la imputación».