Las ANPA animan a los padres a vigilar los wasaps de sus hijos

Sara Carreira Piñeiro
sara carreira REDACCIÓN / LA VOZ

GALICIA

MIGUEL VILLAR

La policía propone que haya un contrato por escrito sobre quién es dueño del terminal y las condiciones de uso

27 dic 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

¿Es lícito que un padre compruebe qué hace y dice su hijo en las redes sociales? Según la última sentencia de la Audiencia de Pontevedra, sí, y para las asociaciones de padres y madres de Galicia, no solo se puede sino que incluso se debe al menos hasta que el menor alcanza cierta edad, que ellos cifran en los catorce años, cuando ya es responsable penal de sus acciones. La Policía incluso va más allá y propone que padres e hijos firmen un contrato en el que se indique quién es el dueño del móvil, para qué se ha comprado y cuáles son las condiciones de uso.

El Grupo de Redes Sociales de la Policía Nacional tiene un documento marco según el cual el menor «asume que sus padres o mayores de confianza conocerán siempre los códigos de acceso y contraseñas de su nuevo gadget (...) y apps... para su posible supervisión en seguridad, privacidad e imagen adecuada y respetuosa del contenido y acciones que este realiza». Los padres, por su parte, «se comprometen a no leer o supervisar más que la estricta comprobación, respetar la intimidad del nuevo usuario con sus amigos reales y entender que tiene su propio espacio para hablar de sus temas con sus contactos, siempre que se respeten las normas». En el documento se indica que si el menor no cumple la edad mínima para las redes sociales debería «compartir ese perfil con alguno de tus padres», para ir flexibilizando las normas conforme se cumplan los años. El contrato tiene 20 cláusulas.

Esto va en la misma línea de lo que piensan los padres: «Lo que un niño cuelga en Instagram, Facebook o lo que cuenta en los wasaps tienen que considerarse acciones de la misma importancia de lo que dice en clase o a unos amigos», dice Rogelio Carballo, presidente de Confapa (colegios públicos). Para este pontevedrés, «existe la obligación parental de vigilar y corregir los malos usos que hacen nuestros hijos de las cosas, y en ese sentido no veo diferencias entre la vida física y la virtual».

Sabe que el problema es mucho mayor en la práctica que en la teoría, y por eso «desde Ceapa damos cursos de motu proprio a los padres sobre la intimidad en las redes sociales y los peligros que estas suponen». Sí es cierto, dice, que quienes acuden a estas charlas -que suelen ser impartidas por policías o abogados- son los padres que ya están convencidos, quienes menos las necesitan. «Tenemos -reflexiona- poco interés en controlar porque somos novatos en esto de la tecnología».

Responsables penales a los 14

En cuanto a la edad límite, el momento en que unos padres tienen que primar la intimidad de sus hijos sobre su educación correctora, Rogelio Carballo echa mano de la ley: «Es difícil de decir porque cada niño tiene su ritmo de maduración, pero al menos debería ser hasta los 14 años, porque hasta ese momento los padres son responsables de la conducta penal de sus hijos». Pero va más allá: «No se trata solo de corregir, sino en última instancia de proteger. Un tuit que haga tu hijo en un momento de inconsciencia le puede perjudicar toda la vida, porque Internet no olvida (por mucho derecho al olvido que haya) y aunque sí tiene derecho a la intimidad, también lo tiene a que le enseñemos a administrarla».

Muy parecidas son las conclusiones de María José Mansilla, responsable de Concapa (ANPA de centros concertados de Galicia). «La mayoría de los padres -dice a partir de su experiencia- revisa los wasaps, pero no para meterse en la intimidad de los menores, sino con un afán de protección y últimamente también con el miedo de que los padres somos responsables de la conducta de nuestros hijos». Entiende Mansilla que a partir de los dieciséis años uno tiene que «cerrar los ojos y confiar», pero antes dependerá del carácter del menor y sus características. «Valoras la situación aplicando el sentido común -considera- y das un margen de confianza, Si ves que hace algo que no te gusta, lo normal es estar más vigilante».

Madre de varios hijos, sabe que a cierta edad los adolescentes se niegan a ser controlados. «Hay que hacerles entender que es por su bien. No sé qué me da más miedo, que mi hijo sea víctima o causante de algún conflicto», apunta. Cada vez reciben más consultas al respecto de atajar conductas susceptibles de delito, «también abogamos por no darle más importancia, pero tampoco quitársela. Es como si le registras la mochila por si tiene tabaco».

Una sentencia que sigue la jurisprudencia del Supremo

La Audiencia de Pontevedra absolvió esta semana a un padre por revisar el WhatsApp de su hija de nueve años, aunque en este caso hay un componente más en el conflicto, y es que la denunciante era la madre de la niña y expareja del denunciado. Pero eliminando esta singularidad, la sentencia establece que las redes sociales requieren «atención y vigilancia de los progenitores para preservar la indemnidad de los menores».

El de Pontevedra es un fallo que va en la misma línea de otros del Tribunal Supremo y que sientan jurisprudencia, como el que diferencia entre «la irrelevancia ‘objetiva’ del contenido y la importancia de la información para la protección penal» del menor.