Condenan al Sergas a pagar 31.000 euros a un paciente por haberle retrasado 20 meses un costoso tratamiento

pepe seoane OURENSE / LA VOZ

GALICIA

MIGUEL VILLAR

La sentencia señala que si le hubiesen administrado con anterioridad el fármaco «su calidad de vida habría sido probablemente mejor»

08 feb 2017 . Actualizado a las 12:14 h.

Una sentencia del TSXG reconoció en septiembre del 2013 el derecho de un vecino de A Rúa de Valdeorras, a recibir un tratamiento tan válido como costoso para una rara dolencia hematológica que padece. Solo entonces, a raíz de la resolución judicial firme, aceptó el Sergas la atención, que supone un gasto anual de 360.000 euros. Ahora, otra sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Ourense por reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración realizada por el letrado Eugenio Moure, ha condenado al Sergas a pagar 31.000 euros al mismo paciente por los perjuicios ocasionados por el retraso en la administración del tratamiento con la única sustancia ajustada a su dolencia.

El juez de lo contencioso descarta, aun aceptando el derecho del paciente a ser indemnizado, la tesis del enriquecimiento injusto por parte de la Administración, que llevaba al demandante a reclamar 598.000 euros por los días que estuvo sin atención a causa del retraso en la administración del medicamento. Hace referencia en la sentencia, con fecha del pasado 31 de enero, a cómo el TSXG había dado «un duro reproche a la Consellería de Sanidade por denegarle al actor, por su excesivo coste, el único tratamiento válido para paliar su rara enfermedad».

Si se le hubiera administrado la medicación los 590 días anteriores, como decían los médicos, «su calidad de vida habría sido probablemente mejor», constata el juez Francisco de Cominges.

Durante esos casi dos años de espera a que se le dispensara la medicación, que solo logró por sentencia judicial, padeció astenia, es decir, sensación generalizada de fatiga, aparte de malestar general. Mejoró con el tratamiento con ecolizumab. «Obviamente se habría evitado» ese cuadro si el Sergas hubiera aplicado la medicina «desde el momento en que los médicos del Sergas que atendían a P. L. prescribieron su administración». El juez resalta que, a pesar de las molestias, el paciente no llegó a sufrir daño o lesión orgánica relevante, si bien «es cierto que hasta el momento en el que por fin pudo recibir el tratamiento tuvo un alto riesgo de padecer una trombosis, de consecuencias mortales».