La jueza procesa al líder de la secta de Oia por 25 abusos sexuales y blanqueo

Luis Carlos Llera Llorente
luis carlos llera VIGO / LA VOZ

GALICIA

M. MORALEJO

También procesa a su mujer y a sus dos hijos por delitos contra la hacienda pública

15 dic 2016 . Actualizado a las 05:00 h.

Para sus fieles era un santo, para la Justicia, todo lo contrario. El fundador de la Orden y Mandato de San Miguel Arcángel, Feliciano Miguel Rosendo Da Silva, ha sido procesado por la jueza que investiga la presunta secta de los miguelianos, por un delito de asociación ilícita, 24 delitos continuados contra la integridad moral, uno de agresión sexual, 25 de abusos sexuales, uno continuado contra la hacienda pública y otro continuado de blanqueo de capitales.

La jueza del juzgado de Instrucción número 1 de Tui también procesa a su mujer y sus dos hijos por delitos continuados contra la hacienda pública y de blanqueo de capitales. Además, hay otras 13 personas encausadas por asociación ilícita.

El auto de procesamiento establece estos supuestos tipos penales provisionales de los investigados, que podrían modificarse posteriormente, al entender que hay «indicios racionales de criminalidad».

La jueza ratifica la prisión provisional para Miguel Rosendo, quien permanece en la cárcel de Teixeiro desde hace dos años, en concreto desde el 14 de diciembre de 2014.

La titular del juzgado de instrucción impone una fianza de 979.500 euros para que la abonen de forma conjunta Miguel Rosendo y su familia: su mujer María del Carmen y sus hijos Verónica y Cristina. Obliga a depositar 625.000 euros al resto de los investigados, y además, a Rosendo le impone otros 883.500 euros por la presunta gravedad de sus delitos y las indemnizaciones a las que tendría que hacer frente si es condenado. Finalmente, la jueza también acuerda en el auto, contra el que cabe recurso, que tomará declaración indagatoria a todos los procesados los próximos días 21 y 22 de diciembre en la sede del juzgado de Tui, lo que implicará que Miguel Rosendo sea trasladado desde la cárcel de Teixeiro. Esos días, a cada uno de los procesados se les entregará el auto de procesamiento en presencia de los abogados que designen.

Entre las personas investigadas se encuentran la mano derecha de Miguel Rosendo, la falsa monja Marta Paz, que vestía con un hábito amarillo y azul. Ambos fueron detenidos el 11 de diciembre del 2014 en Madrid, tras lo que él fue enviado a prisión. También se encuentra imputada otra mujer que considerada por Rosendo su otro bastón, tres matrimonios de personas que formaban parte de la orden y un sacerdote.

La Orden y Mandato de San MIguel llegó a tener unos 400 seguidores en su momento de mayor esplendor y tuvo su centro de operaciones en una gran finca con chalé y edificaciones anexas en Santa María de Oia. En el 2012 la iglesia abrió una investigación interna al tener noticias de «irregularidades». En la primavera de 2014 sus integrantes fueron expulsados por las autoridades eclesiásticas, y un grupo reducido se trasladó a dos sedes en Madrid, en Collado Villalba y El Escorial.

Días después de las detenciones de Rosendo y Marta Paz, el obispo de Tui-Vigo, Luis Quinteiro, firmó el decreto de supresión de la orden y mandato. El obispo ha tenido que declarar como testigo en un procedimiento en el que fueron fundamentales las averiguaciones llevadas a cabo por antiguos miembros de la institución.

El obispado tendrá que indemnizar si los imputados no tienen dinero

La jueza también impone la responsabilidad civil subsidiaria del Obispado de Tui-Vigo, porque «la constitución y funcionamiento de la Orden y Mandato de San Miguel Arcángel estuvo amparada y actuaba al servicio y bajo la dependencia del Obispado» ya que formalmente era una asociación inscrita en la iglesia católica, aunque oficialmente no estaba reconocida como orden sino como asociación de fieles. No obstante, la jueza tudense considera que «es evidente la existencia de un vínculo necesario entre los sujetos activos del delito y la persona o entidad subsidiariamente. La diócesis solo tendría que pagar en el caso de que Miguel Rosendo y la institución por él fundada no tuvieran medios económicos para hacer frente a las posibles indemnizaciones.